Toda la información consultada en un trabajo de investigación debe ser citada y referenciada de manera correcta como principio básico de honestidad intelectual, de lo contrario podríamos tener problemas en la evaluación de nuestro trabajo o con la institución que publicó nuestra investigación; e incluso, en casos más extremos, podríamos incurrir en el delito de plagio.
Es importante, por ello, que las citas y referencias se consignen de forma correcta, de acuerdo con el sistema exigido por la institución que evaluará o publicará nuestra investigación. Aquí explicaremos, a detalle, cómo citar de jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de la Corte Suprema y juzgados de primera o segunda instancia.
Las decisiones judiciales citadas a continuación toman como referencia los criterios del manual de estilo Chicago 2017. Así lo explicó Edgardo Rodríguez, destacado investigador e integrante del Comité Editorial de la revista LP Derecho, a través de una didáctica explicación sobre el tema.
En 2016, Edgardo Rodríguez Gómez recibió el premio extraordinario de doctorado, un galardón que la Universidad Carlos III de España otorga a la tesis más rigurosa del año. Hace más de 15 años comenzó a incursionar en la investigación científica en materia jurídica y a contribuir con el desarrollo de emprendimientos de investigación científica de altos estándares.
Tribunal Constitucional
En pie de página se consigna la información del superíndice. Las citas deben seguir este orden: Sentencia del órgano que emitió el fallo y numeración de la misma, día, mes y año de emisión.
Nota al pie de página:
1 Sentencia del Tribunal Constitucional N° 389/2021, 25 de marzo de 2021.
Referencia:
Tribunal Constitucional. Sentencia N° 389/2021, 25 de marzo de 2021.
Algunas sentencias del Tribunal Constitucional no incluyen el número de la sentencia, por ende, el investigador deberá utilizar el número del expediente resuelto, de la siguiente manera:
Nota al pie de página:
1 Sentencia del Tribunal Constitucional del Exp. N.° 01671-2020-PHC/TC, 25 de marzo de 2021.
Referencia:
Sentencia del Tribunal Constitucional del Exp. N.° 01671-2020-PHC/TC, 25 de marzo de 2021.
Corte Suprema
En pie de página se consigna la información del superíndice. Las citas deben seguir este orden: Sentencia del órgano que emitió el fallo, nombre de la sala que resolvió la pretensión, numeración de la misma, día, mes y año de emisión, fundamento destacado por el investigador.
Nota al pie de página:
1 Sentencia de la Corte Suprema, Sala Penal Transitoria N. ° 125-2015, 15 de diciembre de 2015, fundamento jurídico 14.°.
Referencias bibliográfica:
Corte Suprema de Justicia, Sala Penal Transitoria N.° 125-2015.
Sentencia de primera o segunda instancia
En pie de página se consigna la información del superíndice. Las citas deben seguir este orden: Sentencia del juzgado que emitió el fallo, nombre de la Corte Superior a la que pertenece el juzgado, numeración de la sentencia, día, mes y año de emisión.
Nota al pie de página:
1 Sentencia del 11.° Juzgado Penal de Reos Libres, Corte Superior de Justicia de Lima, Exp. 03905-2019-0-1801-JR-PE-11, 12 de abril de 2021.
Referencias bibliográfica:
Corte Superior de Justicia de Lima, 11.° Juzgado Penal de Reos Libres, Sentencia del Exp. 03905-2019-0-1801-JR-PE-11, 12 de abril de 2021.
La revista LP Derecho pone a disposición la Guía de redacción y estilo de LP, el portal jurídico más leído del Perú como material complementario para la elaboración de los artículos académicos.

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