Este viernes 15 de noviembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó una audiencia pública, a pedido del Instituto de Defensa Legal (IDL), para examinar las presuntas irregularidades en el proceso de elección de los nuevos integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
En la audiencia, la CIDH analizó las presuntas omisiones respecto a los derechos esenciales en el procedimiento de selección. Además, se incorporarán las recomendaciones y observaciones del informe final elaborado por la Misión Internacional de Observación (MIO).
De acuerdo con este grupo de trabajo, el procedimiento en la JNJ no alcanzó los estándares internacionales básicos exigidos para este tipo de situaciones. Los nuevos miembros del organismo autónomo, mientras tanto, iniciarán sus funciones en enero del próximo año, cuando concluya el periodo constitucional de los actuales integrantes.
¿Quiénes integrarán el próximo Pleno de la JNJ?
En octubre de este año, juraron como nuevos miembros de la JNJ Jaime De La Puente, Francisco Távara, Gino Ríos, María Teresa Cabrera, Víctor Chanduví, Germán Serkovik y Rafael Ruiz. Estos son algunos detalles profesionales y académicos sobre ellos:
- Jaime Pedro de la Puente Parodi: Magister en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y en Análisis y Prevención de la Corrupción por la Universidad Internacional de La Rioja. Dentro de la Contraloría General de la República se ha desempeñado como Presidente del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas y Presidente de Sala 1, entre otros cargos.
- Francisco Artemio Távara Córdova: Doctor en Derecho y Ciencia Política por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Magíster con mención en Derecho Civil y Comercial por la Universidad Nacional de Trujillo y en Política Jurisdiccional por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Exvocal titular de la Corte Suprema y expresidente del Poder Judicial. Fue jefe de la Oficina de Control de la Magistratura.
- Gino Augusto Tomas Ríos: Doctor en Derecho y Educación por la Universidad San Martín de Porres. Ha sido procurador público anticorrupción ad hoc en el periodo 2016-2018, asesor jurídico de la alta dirección de la Fuerza Aérea, decano fundador de la Facultad de Derecho de la Universidad de las Américas y director del Instituto de Investigación Jurídica de la Universidad San Martín de Porres.
- María Teresa Cabrera Vega: Magister en Derecho Penal por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega y con estudios de maestría en Derecho Civil y Comercial. Fue congresista en el período 2020-2021 y llegó a ocupar el cargo de tercera vicepresidenta del Parlamento.
- Víctor Hugo Chanduví Cornejo: Doctor en Derecho por la Universidad Privada Antenor Orrego y la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, y magister en Derecho civil y Comercial por la Universidad Nacional de Trujillo. Fue juez superior suplente en la Corte Superior de La Libertad entre 1994 y 2003.
- Germán Alejandro Julio Serkovic González: Magister en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor empresarial en aplicación de la legislación laboral y autor de distintas obras de consulta relativas a la doctrina y aplicación práctica del Derecho Laboral.
- Rafael Manuel Ruiz Hidalgo: Magíster en Derecho Constitucional por la Pontificia Universidad Católica del Perú y en Derecho Procesal por la Universidad Nacional del Rosario. Fue juez suplente en la Corte Superior de Lima en el periodo 2003-2005. En marzo de 2023, asumió como asesor en derecho constitucional del presidente del Poder Judicial.
Mira la transmisión aquí:

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![Si el bien estatal se utilizó principalmente para el servicio público autorizado y la irregularidad consistió solo en una circunstancia incidental, sin intención de abuso ni beneficio relevante, la conducta carece de entidad penal (fiscal ordenó a conductor permitir llevar a cuatro personas en la tolva de la camioneta del Ministerio Público cuando este se trasladaba a una localidad donde tenía una diligencia) [Apelación 143-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
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