El Quinto Juzgado Constitucional suspendió, mediante una resolución del 14 de julio, una resolución administrativa que dispuso el cese de funciones de la jueza Juan Celia Ríos Chu de Selva por límite de edad.
A través de una acción de amparo, la demandante solicitó su restitución en el cargo de juez de Familia de Lima. Además, pidió que se deje sin efecto la referida resolución «en el plazo más breve bajo apercibimiento de ley con efecto retroactivo a la fecha del cese por límite de edad«.
El último 1 de junio, se concedió una medida cautelar en la que se ordenó, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) y Gerencia General del Poder Judicial, abstenerse de disponer el cese por límite de edad de la demandante y que se declare vacante su plaza de juez especializada.
Sin embargo, la resolución precisa que, el 29 de mayo, el CEPJ emitió una resolución administrativa que cesó de sus funciones a la jueza especializada. De acuerdo a la instancia, esta decisión «evidencia que se ha obrado en contrario a lo dispuesto por la judicatura».
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Asimismo, aunque surgió un «hecho nuevo que merece otro análisis», la emisión de esta resolución «materializó un agravio» que se pretendía evitar con una medida preventiva. Por ello, el Juzgado concluyó:
La actora ha denunciado la afectación a su derecho a no ser discriminada por su edad, su derecho a la igualdad ante la ley, su derecho al trabajo y demás derechos fundamentales, que con la expedición de la referida resolución administrativa se ven afectados frontalmente; que toda medida cautelar tiene como objeto «…garantizar el contenido de la pretensión constitucional, teniendo en cuenta su irreversibilidad, el orden público y el perjuicio que se pueda ocasionar.(…)»-art.18 del C.P.Cons.
5° JUZGADO CONSTITUCIONAL
EXPEDIENTE : 08421-2025-54-1801-JR-DC-05
MATERIA : ACCION DE AMPARO
JUEZ : RAMIREZ NINO DE GUZMAN, JORGE LUIS
ESPECIALISTA : SANCHEZ MEDINA, DOMINGO
DEMANDADO : PODER JUDICIAL,
PROCURADOR DEL PODER JUDICIAL,
DRA JANETOFELIA LOURDES TELLO GILARDI EN CALIDAD DE PRESIDENTE DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL,
SRA CLAUDETT DELGADO LLANOS EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DEL PODER JUDICIAL
DEMANDANTE : RIOS CHU DE SELVA, JUANA CELIA
Resolución Nro. CINCO.
Lima, catorce de julio del dos mil veinticinco.
Asunto. Escrito N° 51244-2025 de la demandante.
Escrito N° 52366-2025 de la demandante.
Atendiendo.
Primero. La demandante solicita la adecuación de la medida cautelar concedida disponiendo su restitución en el cargo de Juez de Familia de Lima; asimismo, se ordene dejar sin efecto la Resolución administrativa emitida, en el plazo más breve bajo apercibimiento de ley con efecto retroactivo a la fecha del cese por límite de edad; con lo demás que se expone;
Segundo. En su segundo recurso adjunta copias para mejor resolver;
Tercero. En el presente caso, mediante resolución N° 01 de fecha 10 de junio del 2025 se concede medida cautelar a la demandante y se ordena entre otras cosas, que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Gerencia General se abstengan de disponer el cese de sus+ funciones como Juez Especializada de Familia, por límite de edad, y de declarar vacante su plaza de Juez Especializada;
[Continúa…]

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