El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró fundado el pedido de la Fiscalía de la Nación y ordenó levantar el secreto bancario del congresista de APP, Luis Gustavo Cordero Jon Tay. La medida también alcanza a Braden Alexander Paredes Calla y Faviola Maribel Torres García, investigados por el presunto delito de concusión en agravio del Estado.
La investigación se remonta a septiembre de 2021 y enero de 2022, periodo en el que se habrían efectuado transferencias y pagos vinculados al caso. En esa etapa, según la resolución, se registró un depósito de S/2000 en la cuenta de Torres García, lo que motivó a la Fiscalía a solicitar el levantamiento del secreto bancario para esclarecer la procedencia y destino de esos fondos.
El Ministerio Público pidió a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP identificar todas las cuentas, movimientos financieros, transferencias nacionales e internacionales, operaciones en cajeros automáticos y uso de billeteras digitales vinculadas a los tres investigados. En particular, sobre la cuenta de Torres García, se requirió: «Que informe el destino final de la transferencia de S/2000 soles, realizada el 17 de diciembre del 2021».
Durante la audiencia del 23 de septiembre de 2025, la Fiscalía argumentó que la medida es indispensable para corroborar las operaciones financieras relacionadas con los investigados. Sostuvo además que existen elementos que justifican la medida, como los registros de movimientos bancarios y las transferencias realizadas durante el periodo investigado.
La defensa de Cordero Jon Tay se opuso, alegando que la solicitud no cumplía con los presupuestos legales de proporcionalidad y necesidad. «Toda medida limitativa de derechos fundamentales debe estar precedida de la existencia de indicios sólidos que justifiquen su procedencia», señaló.
Por su parte, la defensa de Paredes Calla no presentó oposición al requerimiento, mientras que Torres García fue incluida en la medida debido a que su cuenta bancaria figura en las operaciones financieras analizadas por la Fiscalía.
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El juez supremo provisional Juan Carlos Checkley consideró que el pedido fiscal cumple con los principios de idoneidad y necesidad. «Con la aplicación de esta medida limitativa (bancaria) de derechos se logrará averiguar datos de suma importancia para el mejor esclarecimiento de los hechos incriminados», indicó en su resolución.
La Corte Suprema ordenó a las entidades financieras entregar la información solicitada a la Fiscalía de la Nación. Asimismo, dispuso que el Banco de Crédito del Perú remita los movimientos de una cuenta, perteneciente a Torres García, dentro de un plazo de 10 días hábiles.
La medida deberá ejecutarse de forma reservada por el Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, que luego informará al despacho fiscal supremo y a las partes procesales sobre los resultados obtenidos.
EXPEDIENTE N.°: 00047-2025-1-5001-JS-PE-01
AFECTADOS: LUIS GUSTAVO CORDERO JON TAY
BRADEN ALEXANDER PAREDES CALLA
FAVIOLA MARIBEL TORRES GARCÍA
DELITO: CONCUSIÓN
AGRAVIADO: EL ESTADO PERUANO
JUEZ SUPREMO (p): JUAN CARLOS CHECKLEY SORIA
ESP. JUDICIAL: JIMENA TAPIA DIEGO
AUTO QUE RESUELVE LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Lima, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco.
AUTOS, VISTOS Y OIDOS; el requerimiento de Levantamiento del Secreto bancario, presentado por la Fiscalía de la Nación, Área de Enriquecimiento llícito y Denuncias Constitucionales el 16/07/2025, con escrito con registro N% 81322-2025, en el proceso seguido contra Luis Gustavo Cordero Jon Tay y Braden Alexander Paredes Calla, por la presunta comisión de los delitos de concusión en agravio del Estado; se adjuntan los escritos con registros N°s 3122-2025 de 08/08/2025 y 3523-2025 de 23/09/2025, presentados por la defensa del investigado Luis Gustavo Cordero Jon Tay; Y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- ANTECEDENTES (conforme lo descrito en el requerimiento fiscal en el ítem III)
1. Mediante Disposición N°01 de 28/01/2025, la Fiscalía inició diligencias preliminares por el plazo de 60 días contra Luis Gustavo Cordero Jon Tay (congresista de la República), como presunto autor del delito contra la administración pública, modalidad concusión, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 382° del Código Penal en agravio del Estado; y, Braden Alexander Paredes Calla como presunto cómplice primario, del delito contra la administración pública, modalidad concusión, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 382° del Código Penal en agravio del Estado.
[Continua…]
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