Ecoteva es una empresa fundada en Costa Rica por la suegra de Alejandro Toledo, Eva Fernenbug y a pedido del expresidente. En dicha empresa se usaron dos cuentas en el banco Scotiabank de Costa Rica. La primera se creó en el año 2012, en el mes de febrero a la que ingresó 17’067 538 USD (17 millones de dólares).
Lea también: Proponen modificar régimen económico de la Constitución
El dinero proveniente, según Toledo, era del gobierno alemán que indemnizó a todos los judíos sobrevivientes del Holocausto. Fernenbug es una de ellas. Sin embargo, se supo mediante un reportaje que ese dinero era de un préstamos a Scotiabank de Costa Rica que Ecoteva había solicitado.
El préstamo fue cancelado en 89 días. La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú informó que esa es una modalidad para blanquear el dinero en los paraísos fiscales y que en realidad ese préstamo no lo necesitaban.
Lea también: Miembros de mesa cobrarían 84 soles por proceso electoral
La tesis del Ministerio Público afirma que la compra de los bienes inmuebles que adquirió el expresidente a través de su suegra Eva Fernenbug, sería parte del dinero que recibió como presuntas coimas por la licitación irregular que se le otorgó a la empresa Odebrecht (tramos 1 y 3) y a Camargo Correa (tramos 4) de la Carretera Interoceánica Sur.
El dinero de dichas coimas fue blanqueado en el Perú a través de la compra de inmuebles. Así lo aseguran los fiscales del Equipo Especial.
¿Dónde inicia todo?
La investigación inició cuando la procuradora Julia Príncipe solicitó en 2013 que se investigue a Eva Fernenbug, por la adquisición de una propiedad valorizada en 3,8 millones de dólares en Las Casuarinas y una oficina en el Edificio Omega de Surco valorizada en 882 mil dólares. Estas casas fueron canceladas con dinero de la empresa Ecoteva de Costa Rica.
Además se pagó las hipotecas de sus casas de Camacho (US$ 217.000) y de Punta Sal (US$ 277.000) con fondos de la misma empresa. Según Toledo, Maiman le prestó más de medio millón de dólares, pero sin la firma de ningún contrato. Tampoco ha podido acreditar si actualmente está pagando o no ese préstamo.
Lea también: La prisión preventiva en la jurisprudencia casatoria [años 2007 al 2019]
Un año más tarde, en 2014, con un total de 87 votos a favor y sin votos en contra se aprobó el informe final de la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República, sobre la investigación del caso Ecoteva, que recomendó denunciar al expresidente Alejandro Toledo y a su esposa, Eliane Karp, por los presuntos delitos de asociación ilícita para delinquir y lavado de activos.
Enterado de esto, Toledo presentó un recurso de hábeas corpus que buscaba anular este informe. Un año después, en 2015, el propio Tribunal Constitucional (TC) rechazó el hábeas corpus presentado por el expresidente.
Toledo y Karp aludieron que el proceso llevado a cabo por ese grupo de trabajo había vulnerado los derechos fundamentales a la debida motivación y a la observancia de la razonabilidad en el uso de la causal de interés público, así como a un proceso preestablecido por la ley.
Sin embargo, en su resolución, el Tribunal Constitucional se refirió a la autonomía que tiene el Legislativo para iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.
Tras esto, en 2016, el Poder Judicial (PJ) le abrió un proceso de investigación por el presunto delito de lavado de activos a Alejandro Toledo por el caso Ecoteva.
Lea también: ¿Procede hábeas corpus para que madre no interfiera en relación padre e hijo?
La denuncia fue interpuesta el 22 de abril de ese año, ante el 16 Juzgado Penal de Lima que por ese entonces estaba a cargo del juez Abel Concha.
Hay que precisar que durante todo el tiempo de investigación, la defensa técnica de Alejandro Toledo ha presentado numerosos hábeas corpus aludiendo vulneración de sus derechos fundamentales.
Lea también: Minería ilegal como delito fuente de lavado de activos [Casación 1408-2017, Puno]
Josef Maiman, el colaborador eficaz
En 2016, para establecer el verdadero origen del dinero en el caso Ecoteva, el juez Abel Concha dispuso el levantamiento del secreto bancario de la ‘cuenta madre’ de la firma panameña Confiado International del LGT Bank de Suiza, cuyo propietario era el empresario israelí, Josef Maiman.
Desde esta cuenta se había detectado la procedencia de los más de US$ 5 millones usados por la suegra de Alejandro Toledo en la compra de inmuebles en Lima.
Josef Maiman, amigo cercano de Toledo, optó por acogerse a un proceso especial de colaboración eficaz, por eso mismo no fue incluido en la acusación formalizada por fiscalía. Hasta el momento, Maiman ha reconocido que el dinero de Ecoteva era parte de los sobornos que habría recibido el exlíder de Perú Posible.
Según se supo, Maiman declaró ante la fiscalía peruana que, a pedido de Toledo, usó las cuentas de sus empresas para recibir el dinero de los sobornos de las constructoras Odebrecht y Camargo Correa.
La acusación fiscal
El pasado 17 de junio, el coordinador del equipo especial Lava Jato, Rafael Vela, solicitó 16 años y 8 meses de cárcel para el expresidente Alejandro Toledo Manrique y su esposa Eliane Karp, por el presunto delito de lavado de activos agravado, en la modalidad de conversión y transferencia, por el caso Ecoteva.
La acusación se formalizó ante la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres e incluye el pedido para proceder con el requerimiento de extradición activa de Toledo y su esposa, quienes se encuentran en Estados Unidos.
Lea también: #EnDebate | Prisión preventiva en la mira ¿Se debe modificar su regulación? [VÍDEO]
La fiscalía consideró que “el valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados [lavados]” supera las 500 unidades impositivas tributarias (S/ 2,1 millones).
Esta acusación fiscal alcanza además a:
1.- Alejandro Toledo (coautor) 16 años y ocho meses.
2.- Eliane Karp (coautora) 16 años y ocho meses
3.- Avraham Dan On (coautor) 16 años y ocho meses
4.- Shai Dan On (coautor) 13 años y cuatro meses
5.- David Eskanazi (cómplice primario) 13 años y cuatro meses
6.- Eva Fernenbug (coautora) 10 años
Se solicitó que cada uno de ellos pague una reparación civil de S/ 6’370.000.
La investigación y el proceso judicial en primera instancia duraron seis años desde que el hecho fue denunciado. El caso ha sido tratado como la consecución de la investigación que se sigue a Toledo y otros por el caso Odebrecht.
Sobre esta acusación, Roberto Su, abogado del exmandatario, dijo a la prensa que hace dos semanas presentó una recusación contra los integrantes de la Cuarta Sala Superior –que analizará la acusación– por dudas sobre su imparcialidad. «Primero debe resolverse ese incidente», precisó.
![Quien proporciona el DNI o la cuenta bancaria y cobra el dinero producto del fraude debe ser juzgado por el delito de fraude informático y no por hurto agravado mediante medios informáticos (norma posterior más favorable al procesado) [RN 1087-2025, Lima, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/tarjeta-fraude-robo-hurto-cuenta-bancaria-penal-LPDerecho-218x150.jpg)

![Intimación para constituir en mora interrumpe la prescripción de la reparación civil fijada en la sentencia [Expediente 4173-2006-4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)
![Si el bien estatal se utilizó principalmente para el servicio público autorizado y la irregularidad consistió solo en una circunstancia incidental, sin intención de abuso ni beneficio relevante, la conducta carece de entidad penal (fiscal ordenó a conductor permitir llevar a cuatro personas en la tolva de la camioneta del Ministerio Público cuando este se trasladaba a una localidad donde tenía una diligencia) [Apelación 143-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajadores destacados no pueden realizar de forma permanente la actividad principal de la empresa [Cas. Lab. 20398-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)


![Lineamientos para el seguimiento del plan nacional de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad 2026–2028 [RM 358-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-interior-Mininter-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Destituyen a juez de paz por haber tramitado expedientes pese a encontrarse suspendido [Investigación Definitiva 231-2024-Ventanilla]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/BANNER-NOTICIA-DESTITUYEN-JUEZ-AVALAR-DESCERRAJE-INMUEBLE-LPDERECHO-1-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VÍDEO] Yonhy Lescano: los precios de las medicinas deben tener un tope donde no se pueda lucrar](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_entrevista-yonhy-lescano_LP-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





![[VÍDEO] Yonhy Lescano: los precios de las medicinas deben tener un tope donde no se pueda lucrar](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_entrevista-yonhy-lescano_LP-100x70.jpg)


