Sumilla: ERROR DE TIPO INVENCIBLE POR LA PUBLICACION DE UNA FALSA FECHA DE NACIMIENTO EN EL FACEBOOK DE LA AGRAVIADA. Habiéndose determinado que el adolescente infractor mantuvo relaciones sexuales con la menor agraviada, se advierte que este actuó confiando en la información publicada en el facebook de la víctima, respecto a su fecha de nacimiento; por lo tanto, es válido concluir que el procesado tuvo una falsa representación de la realidad, por lo que su conducta se enmarca dentro de la figura del error de tipo invencible regulado en el artículo 14 del Código Penal, que en estricto constituye una eximente de responsabilidad penal.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA CIVIL PERMANENTE
CASACIÓN N.° 004-2016
LA LIBERTAD
Infracción a la Ley Penal contra la Libertad Sexual
Lima, veintiséis de mayo de dos mil dieciséis.-
LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA: vista la causa número cuatro guión dos mil dieciséis, en audiencia pública llevada a cabo en la fecha y producida la votación con arreglo a Ley, emite la siguiente sentencia:
I. ASUNTO:
Viene a conocimiento de esta Suprema Sala, el recurso de casación interpuesto por la abogada Gladys Diana Cabrera Cobian, en representación de Alex Roder Santin Rogel, mediante escrito de fecha 26 de octubre de 2015, obrante a fojas trescientos treinta y siete, contra la sentencia de vista de fecha 28 de abril de 2015, que confirma la sentencia de primera instancia que: 1) Declara al adolescente Alex Roder Santin Rogel, responsable de la infracción a la ley penal, contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor en agravio de la adolescente de iniciales A.F.T.L.; 2) Dispone la aplicación de la medida socio educativa de internación por el plazo de diez meses, la cual deberá ser computada desde la fecha efectiva de su ingreso al Centro Juvenil de Trujillo; 3) Fija por concepto de reparación civil, la suma de mil quinientos nuevos soles (S/. 1500.00) a favor de la adolescente agraviada; y 4) Dispone terapia psicológica a favor de la adolescente agraviada.
Lea también: ¿Por qué no hay condenas por lavado de activos en el Perú?
II. ANTECEDENTES:
1. Hechos Imputados:
Mediante denuncia fiscal, obrante a fojas noventa y dos, se formaliza denuncia penal contra el adolescente Alex Roder Santin Rogel de 17 años de edad, por infracción a la ley penal, violación contra la libertad sexual, en agravio de la menor de iniciales A.F.T.L. (13 años); imputándosele que el día 30 de mayo de 2014 se presentó a la comisaria «El Milagro», la señora Yesenia Sandra López Vera, madre de la menor agraviada, denunciando que el día anterior en circunstancias en que revisaba las pertenencias de su menor hija, tomó conocimiento que esta fue violada, pues, encontró su celular con un mensaje que decía: “hola bebita te amo… amor no eyaculé, si quieres toma la pastilla, te amo gracias por el día de ayer, te amo eres el amor de mi vida”. Al increparle a su hija, esta le dijo que el celular se lo había dado el referido sujeto, con quien había tenido relaciones sexuales, además, le confesó que era la segunda vez que lo hacían.
Que mediante resolución corriente a folios noventa y cinco, se resuelve promover acción contra el adolescente Alex Roder Santin Rogel, por presunta infracción a la ley penal, contra la libertad sexual – violación sexual de menor, en agravio de la adolescente de iniciales A.F.T.L.
Lea también: «Un Asistente», la cuenta de Facebook que la rompe en el Ministerio Público
2. Calificación Jurídica
Mediante dictamen fiscal de fojas ciento treinta y tres, el representante del Ministerio Público opina que se encuentra acreditada la responsabilidad del adolescente infractor Alex Roder Santin Rogel, por la comisión de la infracción a la ley penal, delito contra la libertad sexual – violación sexual, en agravio de la menor de iniciales A.F.T.L., en aplicación del artículo 173 inciso 2) del Código Penal, en tal virtud, solicita la aplicación de la medida socio educativa de internamiento por el término de dieciocho meses y el pago de una reparación civil de S/. 1000.00 (mil con 00/100 nuevos soles), a favor de la víctima.
[Continúa…]
![[VIVO] Clase modelo sobre excepción de improcedencia de acción. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-GRATUITA-NOHELIA-MENGOA-mascara_LP-218x150.jpg)
![Conversión de pena en ejecución de sentencia en delito de omisión a la asistencia familiar [Exp. 5256-2022-90]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)
![El adelanto de fallo no constituye una sentencia ni produce efectos jurídicos, por lo que no puede usarse como fundamento para desistirse de un recurso [Casación 1027-2025, San Martín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nombrar a alguien «gerente» no basta para considerarlo trabajador de confianza [Cas. Lab 33748-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/despido-por-liquidacion-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)



![¿Desde cuándo se computa el plazo para el inicio del PAD en faltas permanentes por uso de información falsa? [Informe Técnico 000454-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Sunafil designa a vocales de la Segunda Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral [Resolución Suprema 007-2026-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por enviar 22 mensajes de texto con publicidad sin consentimiento del cliente [Res. 4246-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)

![Declaran ilegales cobros exigidos por municipalidad en trámites de transporte público [Resolución 0059-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)














![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)




![SINTRA-PROMPERÚ le gana a PromPerú pese a excusa de falta de presupuesto [Exp. 00175-2025-0-1864-SP-LA-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

