La calidad de cosa juzgada de una sentencia del Tribunal Constitucional impide que su fallo se contradiga o se interprete maliciosamente [Exp. 0012-2005-Pl/TC, f. j. 32]

Fundamento destacado: 32. VIII. El Tribunal Constitucional como supremo intérprete de la Constitución y el efecto vinculante de la sentencia

La calidad de cosa juzgada de una sentencia del Tribunal Constitucional no sólo impide que su fallo sea contradicho en sede administrativa o judicial, sino que prohíbe, además, que sus términos sean tergiversados o interpretados maliciosamente, bajo sanción de los funcionarios encargados de cumplir o ejecutar la sentencia en sus propios términos.


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