CAL advierte que reforma penal para adolescentes del Congreso contraviene tratados internacionales

4

El Colegio de Abogados de Lima (CAL) rechazó la propuesta de reforma que modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, incluyendo a jóvenes de 16 y 17 años como imputables por delitos graves. Según el CAL, esta medida contraviene la Constitución y tratados internacionales como el Convenio sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing, que protegen a menores de edad de ser tratados como adultos en el sistema penal. El CAL insta al Congreso a reconsiderar esta propuesta y a enfocarse en políticas públicas que promuevan la inclusión educativa y social para prevenir la delincuencia juvenil.


COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
Comunicado 025-2024/CAL

CAL ADVIERTE CONTRAVENCIÓN A TRATADOS INTERNACIONALES POR REFORMA PENAL PARA ADOLESCENTES

El Colegio de Abogados de Lima expresa su firme rechazo a la propuesta normativa que propone modificar el Código Penal, Decreto Legislativo 635, y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, Decreto Legislativo 1348, que incorpora a los adolescentes de 16 y 17 años como imputables de la comisión de delitos graves.

Desde octubre de 1990, el Convenio sobre los Derechos del Niño, proclamado por las Naciones Unidas, establece que el Estado debe adoptar medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para la protección y cuidado de los niños y adolescentes. En esta línea, no pueden ser imputables de delitos los menores de edad. Del mismo modo, las Reglas de Beijing refuerzan esta postura (1985).

La propuesta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República contraviene la Constitución y los tratados internacionales que el Perú mantiene en defensa de los derechos de los niños y adolescentes. Nuestra legislación debe prever que toda persona menor de 18 años que cometa una presunta infracción a la ley penal reciba un trato conforme a las normas de justicia adecuadas a su edad, observando lo dispuesto en los tratados internacionales y la amplia jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha condenado a los Estados infractores por hechos similares.

Ante la ola de inseguridad ciudadana que utiliza a niños y adolescentes para provocar zozobra y actos de delincuencia, el Estado Peruano, a través del Ministerio de Educación, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y otros órganos concernidos del Poder Ejecutivo y el Congreso de la República, debe proponer políticas públicas que desarrollen espacios para la promoción de la inclusión educativa, salud, deportiva y cultural de los niños y adolescentes, para evitar que estos sean captados por organizaciones criminales.

Invocamos a los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República a actuar de manera responsable, seria y técnica, y reconsiderar el predictamen recaído en los Proyectos de Ley 618/2021-CR, 6080/2023-CR, 7771/2023-CR y 8166/2023-CR, dado que vulneraría los derechos constitucionales de los niños y adolescentes y contraviene los tratados internacionales a los cuales se ha adherido el Estado Peruano.

Lima, 30 de Junio de 2024
Junta Directiva del CAL

 

Comentarios: