Según la legislación, al tener relaciones íntimas con menores de catorce años se comete el delito de violación sexual.
Alejandro Iomar Huamacto Cucho (26) fue sentenciado a cadena perpetua por tener relaciones sexuales con una adolescente de 13 años que era su enamorada.
Luego que el Quinto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao demostró los hechos, el Poder Judicial lo condenó por cometer el delito contra la indemnidad sexual, en su modalidad de violación sexual de menor de edad (artículo 173 del Código Penal).
En el juicio oral, la fiscal adjunta provincial Erika Dentone Utrilla demostró que, en julio del 2021, Huamacto Cucho aprovechó la cercanía con la adolescente y que la conocía desde pequeña (era el primo de un familiar de la agraviada) para entablar una relación de enamorados por aproximadamente seis meses.
En ese periodo, tuvieron relaciones sexuales reiteradas veces en la vivienda del sentenciado, en horas de la madrugada, mientras su familia dormía.
La representante del Ministerio Público sustentó su tesis fiscal con la entrevista única en cámara Gesell de la víctima e interrogó a los testigos y al perito que participó durante las investigaciones.
DATO:
Según la legislación, la persona adulta que mantiene relaciones sexuales con menores de catorce años comete el delito de violación sexual, porque los menores de dicha edad no tienen la capacidad de decidir si desean tener relaciones sexuales, a pesar de expresar su voluntad o consentimiento.
Fuente: Ministerio Público – Distrito Fiscal del Callao
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