Beneficios y exoneraciones tributarias que vencen el 31 de diciembre de 2019

  • Exoneración del Impuesto a la Renta a las rentas de fundaciones afectas y asociaciones sin fines de lucro hasta el 31.12.2019.

Ley N° 30898 publicada el 28.11.2018, prorrogó hasta el 31.12.2020 las exoneraciones contenidas en el artículo 19° de la Ley del  Impuesto a la Renta,   salvo las fundaciones afectas y asociaciones sin fines de lucro, cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente, alguno o varios de los siguientes fines: beneficiencia, asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, política, gremiales, y/o vivienda, cuya prórroga vence el 31.12.2019.

  • Prórroga de exoneraciones y beneficios tributarios vinculados con el IGV

Ley N° 30899 publicada el 28.11.2018 prorrogó hasta el 31.12.2019 la vigencia de los siguientes beneficios y exoneraciones tributarias:

  • Devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
  • Devolución del IGV a titulares de la actividad minera en fase de exploración
  • Devolución del IGV para la exploración de hidrocarburos
  • Exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras, a que se refiere el artículo 7 de la Ley N°29985
  • Exoneración del IGV contenida en los apéndices I y II de la Ley del IGV
  • Exoneración del IGV a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines, así como el reintegro tributario, según establece la Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura.

El beneficio tributario vence el 11.09.2019.

Ley N° 30853 Prorrogó por el plazo de un (1) año la vigencia de los beneficios tributarios a que se refiere la Ley N° 30347.

  • Beneficio tributario a la deducción adicional del 75% y 50%, respectivamente,  para las empresas que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, vinculados o no al giro de negocio.

El beneficio tributario vence el 31.12.2019.

Ley N° 30309 fue publicada el 13.03.2015 y vigente a partir del 2016.

  • Prórroga por única vez a la exoneración del IGV a la importación de bienes que se destinen al consumo de la Amazonía

Ley N° 30896 fue publicada el 28.12.2018.

Cabe mencionar que este beneficio vence sí o si el 31.12.2019, toda vez que el artículo 2° de la aludida Ley N° 30896 deja sin efecto a partir el 1.1.2020 dicha exoneración.

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