El Ilustre Colegio de Abogados de Ayacucho emitió un pronunciamiento advirtiendo sobre tres iniciativas legislativas recientemente aprobadas o en trámite en el Congreso de la República, las cuales —según señala— vulneran la Constitución, ponen en riesgo la independencia de poderes y afectan severamente el régimen democrático en el país.
El gremio expresó su preocupación por el dictamen aprobado que modifica el Decreto Legislativo 1373 y supone, en la práctica, la eliminación del proceso de extinción de dominio.
La reforma limita su aplicación solo a 11 delitos, excluyendo casos de corrupción, lavado de activos y criminalidad organizada, y exige una sentencia penal firme para iniciar el proceso. Advirtieron que esta medida beneficiaría a personajes vinculados a casos emblemáticos como Odebrecht, el clan Orellana y exautoridades como Keiko Fujimori y Vladimir Cerrón.
Asimismo, citaron observaciones del GAFI que podrían derivar en un incumplimiento de estándares internacionales sobre recuperación de activos. Por ello, exhortaron al Ejecutivo a observar el dictamen.
También se manifestaron en contra del dictamen que propone imputar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años. El Colegio señaló que no existe evidencia científica que respalde tal propuesta, y que va en contra de la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual establece un sistema especial de responsabilidad penal juvenil para menores de 18 años.
Finalmente, rechazaron el dictamen que modifica el Reglamento del Congreso para permitir la suspensión de altos funcionarios con solo 50 votos, incluso aquellos con antejuicio político como jueces supremos, magistrados del TC y fiscales.
Denunciaron que esta iniciativa, impulsada por Fuerza Popular, busca controlar instituciones clave y constituye una amenaza directa a la independencia del sistema judicial y fiscal.
PRONUNCIAMIENTO
El Ilustre Colegio de Abogados de Ayacucho emite el siguiente PRONUNCIAMIENTO en torno a varios dictámenes y Proyecto de Ley que ponen en riesgo la independencia de los poderes y afectan severamente el régimen democrático del país.
Extinción de dominio: reforma que busca su desaparición
1. El 10/4/2025 el Congreso aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley N° 03577/2022-CR presentado por el congresista Jorge Alberto MORANTE FIGARI (Fuerza Popular), iniciativa que tiene por objeto modificar el Decreto Legislativo N° 1373, ley de extinción de dominio. Supone un gravísimo retroceso y el camino a la eliminación del proceso de extinción de dominio en el Perú. Pues ahora para que se instaure un proceso de extinción de dominio, la regla será que previamente debe existir una sentencia penal firme y consentida o laudo. Y solo se mantiene para 11 delitos (narcotráfico, terrorismo, contrabando, defraudación tributaria y aduanera, estafa, secuestro, extorsión, trata de personas, minería ilegal y delitos informáticos) excluyendo el proceso de extinción para los delitos de corrupción, lavado de activos y criminalidad organizada. Además, se reduce a 5 años la prescripción para el inicio de la acción de extinción de dominio.
2. Los casos en los que se pone en riesgo vinculan directamente a políticos con poder en el Congreso, ejemplo Susana Villarán, Clan Orellana, Keiko Fujimori, Vladimir Cerrón, camarada Artemio, caso Odebrecht (Alejandro Toledo y PPK), Luciana León, entre otros.
3. El Grupo de Acción Financiera (GAFI) fue creado a fin de dar respuesta internacional coordinada y efectiva ante la amenaza creciente del lavado de activos y financiamiento del terrorismo a nivel global. La Recomendación 4 del GAFI establece que los países deben asegurarse de contar con políticas y marcos operativos que prioricen la recuperación de activos tanto en el ámbito nacional como internacional. Este organismo apropósito de la tramitación del PL, señaló en enero de 2025 que según: i) Los estándares internacionales del GAFI requieren a los países contar con la herramienta de «decomiso no basado en condena penal» en los términos y alcance de las Recomendaciones 4 (medidas de extinción de dominio); ii) La República del Perú fue evaluada por el GAFILAT en 2018 y será evaluado nuevamente en materia ALA/CFT por el GAFILAT, incluso con el componente de recuperación de activos, tanto en cumplimiento técnico del estándar como en su implementación y resultados concretos; y iii) Las eventuales limitaciones al alcance o al marco normativo referido a extinción de dominio, sin duda, puede llevar a la existencia de incumplimiento firme, lo cual impactaría en el cumplimiento técnico y efectividad del sistema nacional.
4. Por estas razones, INSTAMOS al Poder Ejecutivo OBSERVAR el dictamen del Proyecto de Ley N° 03577/2022-CR aprobado por el Congreso.
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Responsabilidad penal a menores de 16 y 17 años en delitos.
5. El 3/11/2021 el congresista Alejandro MUÑANTE BARRIOS (Renovación Popular) presentó el Proyecto de Ley N° 00618/2021-CR, a los que se acumularon los Proyectos de Ley Nros. 618/2021-CR, 6080/2023-CR, 7771/2023-CR y 8166/2023-CR, que proponen incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como imputables penalmente.
6. Revisado el dictamen aprobado el 10/4/2025 por el Pleno del Congreso, no existe una sola evidencia científica o técnica que respalde tal propuesta, y por el contrario como lo ha señalado el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de Naciones Unidas, existe la necesidad de proteger al niño y adolescente en el proceso formativo humano, a nivel física y psicológica.
7. El artículo 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) define que todo menor de 18 años debe contar con un sistema especial de protección de sus derechos y garantías (sistema de responsabilidad penal juvenil).
8. En suma, es claro que el dictamen aprobado contraría a la Constitución, en tal sentido, conocedores del iter legislativo, EXHORTAMOS al Poder Ejecutivo, OBSERVAR LA AUTÓGRAFA POR INCONSTITUCIONAL E INCONVENCIONAL.
Reforma del Reglamento del Congreso para acusar y suspender con 50 votos a quienes tienen cargos designados
9. El 8/4/2025 la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó el predictamen recaído en el Proyecto de Ley N° 09938/2024-CR presentado por la congresista Carmen Patricia JUÁREZ GALLEGOS (Fuerza Popular), a fin de modificar el artículo 89° del Reglamento del Congreso para poder suspender de sus funciones a los altos funcionarios que cuentan con antejuicio político. Esta propuesta, pone en grave riesgo el sistema democrático y esboza un ánimo de cooptar el control de todas las instituciones públicas del país.
10. A tenor del artículo 99° de la Constitución son altos funcionarios públicos con derecho de antejuicio político entre otros, los magistrados del Tribunal Constitucional, los miembros de la Junta Nacional de Justicia, los jueces de la Corte Suprema, los fiscales supremos, el defensor del pueblo y el contralor general; con esta iniciativa el Parlamento no solo podrá acusar a dichos funcionarios, sino que con 50 votos, además podrá suspenderlos en el ejercicio del cargo por tiempo indefinido. En el extremo de la arbitrariedad conforme a la Disposición Complementaria Final estas reglas se aplicarían incluso a los procedimientos de acusación constitucional en trámite en el caso judicial y fiscal atentando a la independencia de ambos órganos.
11. Como es sabido, los jueces y fiscales supremos, ingresan en la carrera pública a través de un concurso público de méritos organizado por la Junta Nacional de Justicia, y los congresistas con 50 votos de forma absurda pretenden suspenderlos en sus cargos. Sabemos que a los actuales congresistas de Fuerza Popular y Renovación Popular no les son funcionales todos los fiscales y jueces supremos, que no buscan apartar a todos ellos en el caso judicial y fiscal actuando en la ilegalidad y permanencia en el cargo.
12. Por lo que EXIGIMOS al Pleno del Congreso reflexionar de esta iniciativa a fin de revalorar la independencia de las instituciones más altas en el Perú dentro de los contornos de un país democrático y evitar afectar a autoridades con cargos designados.




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