Fundamento destacado: 10. En la línea de razonamiento desplegado hasta aquí, los agravios expresados por la parte apelante no tienen asidero legal alguno, pues si el contrato de donación no contiene la carga que se acusa incumplida por la donataria, no es posible sostenerse la inaplicación de los artículos 168, 170 y 1362 del Código Civil y la inaplicación de los artículos 50,inciso 6), 122, inciso 4) y el artículo VIII del Título Preliminar del Código Procesal Civil y la falta de motivación, pues hacerlo implicaría una clara infracción al principio de no contradicción que es una de las reglas de la lógica en el ámbito de la valoración probatoria.
SUMILLA: Resolución de contrato de donación Sumilla Se confirma la sentencia apelada, en vista que en el acta de asamblea inserto al contrato de donación donde los asambleístas acordaron que la donataria asuma cargas de construcción de local comunal (segundo piso), pavimentación y gestionar la creación de un centro de salud, no ha sido incorporado al contrato de donación que como contrato principal se halla conformado por sus propias cláusulas, tampoco existe cláusula donde conste que la donataria se haya allanado a cumplir con las obligaciones acordadas a nivel de la asamblea comunal e insertar al contrato, teniendo en cuenta que el inserto en el ámbito notarial consiste en incorporar al contrato, bajo su fe, el instrumento que dio lugar al contrato, en este caso al contrato de donación, donde el instrumento que le dio origen viene a ser el acta de asamblea comunal.
SENTENCIA DE VISTA
Resolución N° 16
Ayacucho, 8 de noviembre de 2023
OBJETO DE LA DECISION
Sin la audiencia de apelación por la inconcurrencia de las partes, producida la deliberación y votación, la Sala Civil procede a resolver el recurso
de apelación interpuesto por el demandante Fredy Quispe Pacheco, en representación de la Asociación Civil Milla Militar Los Licenciados de las Fuerzas Armadas – Ayacucho (ASVIMILFA), contra la sentencia de fecha 10 de diciembre de 2022, que declara infundada la demanda de resolución de contrato interpuesta contra la Dirección Regional de Salud – DIRESA.
ANTECEDENTES
Demanda: Fredy Quispe Pacheco, en su condición de presidente y en representación de la Asociación Civil Villa Militar Los Licenciados de las Fuerzas Armadas – Ayacucho (ASVIMILFA), interpone demanda de resolución de contrato de donación, dirigiendo la misma contra la Dirección Regional de Salud de Ayacucho, con emplazamiento de la Procuraduría Pública Regional de Ayacucho, con la finalidad que se declare judicialmente la resolución del contrato de donación contenida en la escritura pública de donación, de fecha 5 de julio de 2011, por incumplimiento de las condiciones (carga) pactadas.
Como soporte fáctico refiere que, la asociación demandante, como propietaria registral del inmueble ubicado en el Sub Lote B.4.A del distrito de San Juan Bautista e inscrita en la Partida N° 11059879, en mérito al acuerdo adoptado por la Asociación en la asamblea del 12 de junio de 2011, otorgó en donación a la entidad demandada un terreno de 1,157.83 m2, inscrita en la Partida 11059878, estableciendo como condición o carga que la donataria en el plazo de 2 años como máximo gestione la creación de un centro de salud y su respectivo equipamiento así como construir la segunda planta de la casa comunal de la asociación y la pavimentación de las calles, cargas que no han sido cumplidas, por cuanto al realizarse la averiguación sobre la construcción de la segunda planta de la casa comunal y principalmente de los trámites para la creación, construcción y equipamiento de un centro de salud, se logró tomar conocimiento que la donataria no contaba con presupuesto alguno para su ejecución, por lo que con fecha 15 de agosto de 2013 el presidente de la asociación remitió a la demandada carta notarial comunicándole la resolución del contrato de donación por la causal de incumplimiento de las condiciones pactadas, así como carta de fecha 21 de enero de 2014, se le requirió a la demandada se abstenga de dar inicio o continuación de cualquier actividad en dicho terreno. Asimismo, refiere que si bien es cierto que en la minuta de donación se indica que por la donación la donataria no asume carga ante la asociación donante; sin embargo, las condiciones señaladas se encuentran insertan en el acta de asamblea de fecha 12 de junio de 2011.
[Continúa…]
![El delito de colusión abarca también actos realizados en subastas (donde rigen las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales y no las de contratación pública), ya que en ellas se ejerce poder de disposición patrimonial del Estado, aunque sea unilateral [Casación 257-2025, Callao, f. j. 4-5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Existe una tendencia jurisprudencial a proteger la libertad de expresión, acceso a la información pública y participación ciudadana en plataformas digitales; por ello, las redes sociales de servidores públicos (aunque sean de titularidad personal) —si son usados para la difusión de información relacionada con el ejercicio de su cargo— son foros públicos de debate, opinión, control, rendición de cuentas y materialización del principio de transparencia (Colombia) [Sentencia T-149/25, ff. jj. 180-181]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/TENDENCIA-JURISPRUDENCIAL-LIBERTAD-EXPRESION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Publican fundamento de voto de Gutiérrez Ticse que forma parte de la sentencia del caso Dina Boluarte [Exp. 01665-2024-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/gustavo-gutierrez-ticse-tribunal-ultimo-minuto-LP-218x150.jpg)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![¿Varias organizaciones sindicales pueden negociar en conjunto si ninguna alcanza el cincuenta por ciento más uno de afiliados? [Informe Técnico 1269-2025-Servir-GPGSC] sindicato licencia sindical](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/sindicato-licencia-sindical-LPDerecho-218x150.png)
![Precedente Sunafil sobre el carácter unitario de la medida inspectiva de requerimiento [Resolución de Sala Plena 010-2025-Sunafil/TFL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![En el presente caso (Keiko Fujimori) no se puede configurar un i) habeas corpus restringido, debido a que es prematuro señalar demora en la investigación fiscal, ni un ii) habeas corpus preventivo, debido a que el requerimiento de acusación fiscal no incide en la libertad personal y tampoco configura amenaza cierta e inminente (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, f. j. 17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/KEIKO-FUJIMORI-HABEAS-CORPUS-CASO-COCTELES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sunarp aprueba lineamiento para la atención de la actualización de oficio de la base gráfica registral [Res. 00161-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/que-debe-saber-una-comunidad-campesina-para-poder-renovar-su-directiva-comunal-en-la-sunarp-LPDerecho-218x150.png)
![PGE formaliza acuerdo vinculante sobre la celebración de actos jurídicos posteriores a sentencia realizados por procuradores públicos [Res. D001017-2025-JUS/PGE-PG]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/procuraduria-general-estado-LPDerecho-218x150.png)
![Multan a KFC por servir pollo con sticker que se encontraba empanizado junto a la carne: «Totalmente asqueroso e insalubre», según el consumidor [Res. Final 2366-2025-CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PopCorn-Chicken-kfc-Indecopi-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Indecopi sanciona a universidad por trato denigrante de docente a sus alumnos: «Mis sobrinos de 11 años saben más [que ustedes]» [Res. Final 472-2025/Indecopi-AQP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Sunarp aprueba lineamiento para la atención de la actualización de oficio de la base gráfica registral [Res. 00161-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/que-debe-saber-una-comunidad-campesina-para-poder-renovar-su-directiva-comunal-en-la-sunarp-LPDerecho-100x70.png)
![PGE formaliza acuerdo vinculante sobre la celebración de actos jurídicos posteriores a sentencia realizados por procuradores públicos [Res. D001017-2025-JUS/PGE-PG]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/procuraduria-general-estado-LPDerecho-100x70.png)

