Artículo 918.- Derecho de retención
En los casos en que el poseedor debe ser reembolsado de mejoras, tiene el derecho de retención.
Concordancias
CC: arts. 1123-1131, 1588.
Jurisprudencia del artículo 918 del Código Civil
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Corte Suprema
- Opera la consolidación de obligación de pago de mejoras si solicitante adquirió titularidad del inmueble [Casación 795-2012, Lima]. Link: lpd.pe/2rgQ1
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