Artículo 86.- Plazo de prescripción de la pena
El plazo de prescripción de la pena es el mismo que alude o fija la ley para la prescripción de la acción penal. El plazo se contará desde el día en que la sentencia condenatoria quedó firme.
Concordancias
C: art. 139.13; CC: art. 2001; CP: arts. 78, 80, 82, 83, 87, 88.
Jurisprudencia del artículo 86 del Código Penal
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Corte Superior
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- El plazo de prescripción de la pena es el mismo que fija la ley para la prescripción de la acción penal [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal del Santa, 2018]. Link: bit.ly/41BOGOj
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Tribunal Constitucional
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- NUEVO: Es inconstitucional que los plazos de prescripción de la ejecución de la pena se suspendan mediante un decreto de urgencia, una resolución administrativa o un criterio judicial interpretativo, pues están regulados por una norma de rango legal [Exp. 04535-2023-PHC/TC, ff. jj. 16-17]. Link: lpd.pe/yxd8w
- La prescripción del delito extingue la responsabilidad penal, mientras que la prescripción de la pena lo que extingue es la ejecución de la sanción [Exp. 1805-2005-HC/TC]. Link: bit.ly/40FbT0G
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