Artículo 691.- Tipos de testamento
Los testamentos ordinarios son: el otorgado en escritura pública, el cerrado y el ológrafo. Los testamentos especiales, permitidos sólo en las circunstancias previstas en este título, son el militar y el marítimo.
Concordancias
CC: arts. 696, 699, 707, 712, 716; CPC. art. 817; Ley 27261: art. 74.g.
Jurisprudencia del artículo 691 del Código Civil
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Corte Superior
- Las formalidades específicas de una clase de testamento no pueden ser aplicadas a los de otro [Exp. 645-2013-0]. Link: lpd.pe/pYNxQ
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