Artículo 444.- Anexos de la contestación a la demanda
A la contestación se acompañan los anexos exigidos para la demanda en el Artículo 425, en lo que corresponda.
Concordancias
CPC: arts. 425, 565; NLPT: art. 19; DS 011-2019-JUS: art. 30.
Jurisprudencia del artículo 444 del Código Procesal Civil
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Corte Suprema
- Documentos ofrecidos por el demandado tendientes a probar la posesión legítima no pueden ser objeto de revaloración en sede casatoria [Casación 1361-2009, Lima]. Link: lpd.pe/k5vVy
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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