Jurisprudencia del artículo 409 del Código Civil.- Declaración judicial de maternidad extramatrimonial

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]

Artículo 409.- Declaración judicial de maternidad extramatrimonial
La maternidad extramatrimonial también puede ser declarada judicialmente cuando se pruebe el hecho del parto y la identidad del hijo.


Concordancias

CC: arts. 1, 2, 19, 21.


Jurisprudencia del artículo 409 del Código Civil

  • Corte Suprema

  1. Reconocimiento sin declaración judicial es válido si padre inscribió nacimiento de hija sin intervención de la madre [Casación 4496-2016, Lima Norte]. Link: lpd.pe/kdQxw
  • Corte Superior

  1. NUEVO: Declaración de maternidad extramatrimonial: Indicios y máximas de la experiencia permiten atribuir el parto, no siendo obligatoria la prueba de ADN [Exp. 2354-2016-0]. Link: lpd.pe/htgys


LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
Comentarios: