Artículo 383.- Cobro indebido*
El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, exige o hace pagar o entregar contribuciones o emolumentos no debidos o en cantidad que excede a la tarifa legal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años e inhabilitación, según corresponda, conforme a los incisos 1, 2 y 8 del artículo 36.
*Artículo modificado por el DL 1243, publicado el 22 de octubre de 2016 (link: bit.ly/43TBLY8).
Concordancias
C: arts. 39, 41, 200; CP: arts. 12, 29, 46-A, 57, 61, 92, 93, 198, 397, 425, 426.
Jurisprudencia del artículo 383 del Código Penal
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Corte Suprema
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- Naturaleza del engaño en el delito de exacción ilegal [Casación 146-2020, Cusco]. Link: bit.ly/3LKGNB3
- Los verbos típicos del delito de cobro indebido están supeditados a la existencia de un administrado [RN 2455-2018, Lima Norte]. Link: bit.ly/3JGw1cb
- Delito de cobro indebido e inaplicación de la duplicidad de los plazos de prescripción [RN 2355-2016, Áncash]. Link: bit.ly/3lEKbmd
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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