Jurisprudencia del artículo 1698 del Código Civil.- Resolución por falta de pago de la renta

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Artículo 1698.- Resolución por falta de pago de la renta
La resolución por falta de pago de la renta se sujeta a lo pactado, pero en ningún caso procede, tratándose de casas-habitación comprendidas en leyes especiales, si no se han cumplido por lo menos dos mensualidades y quince días.


Concordancias

CC: arts. 1371, 1372, 1428, 1430, 1681, 1697.1; CPC: art. 591; DL 30952: art. 3, 4, 9.


Jurisprudencia del artículo 1698 del Código Civil

Corte Suprema 

  1. Procede resolución de contrato de arrendamiento con garantía hipotecaria que respalda pago de rentas si demandado incumplió pago pactado [Casación 29-2018, Lima]. Link: lpd.pe/4Raip

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