Jurisprudencia del artículo 167 de la Constitución.- Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional

LP,  a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 167.- Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
El Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.


Concordancias

C: arts. 98, 110-117, 118.14, 118. 23, 163-165, 168; DUDH: art. 21.3.


Jurisprudencia del artículo 167 de la Constitución

  • Tribunal Constitucional

  1. Subordinación de las FF. AA. y PNP al poder constitucional y a la jefatura suprema del Presidente de la República busca sustraer a los «profesionales de armas» de las veleidades de la vida política nacional y evitar su politización institucional [Exp. 0017-2003-AI/TC, f. j. 49]. Link: lpd.pe/N5wXK

LP,  a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Comentarios: