Artículo 139.- Principios de la Administración de Justicia
Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
1. La unidad y exclusividad de la función jurisdiccional.
No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y la arbitral.
No hay proceso judicial por comisión o delegación.
Concordancias
C: arts. 2.24.f, 62, 63, 138, 139, 141, 143, 146, 173.
Jurisprudencia del artículo 139.1 de la Constitución
Unidad y exclusividad jurisdiccional
-
Tribunal Constitucional
- Principio de unidad no implica que el PJ sea el único encargado de la función jurisdiccional, sino que no exista órgano sin las garantías propias de uno jurisdiccional [Exp. 0004-2006-PI/TC, ff. jj. 10-11]. Link: lpd.pe/zr6PD
- Unidad es negar la fragmentación jurisdiccional por la esencia, carácter y calidad de dirimir conflictos jurídicos, pues debe asegurarse individualidad y unidad para el PJ [Exp. 0023-2003-AI/TC, ff. jj. 15-16]. Link: lpd.pe/NpaL5
- El principio de unidad dota de titularidad unitaria al ejercicio jurisdiccional, a la vez que garantiza el cumplimiento del principio de igualdad ante la ley [Exp. 0023-2003-AI/TC, f. j. 17]. Link: lpd.pe/Nnw7v
- Principio de unidad no impide al legislador crear juzgados especializados al interior del PJ, siempre que dichos órganos intrajurisdiccionales respeten el debido proceso y la tutela judicial efectiva [Exp. 0023-2003-AI/TC, f. j. 18]. Link: lpd.pe/zdp7d
- La función jurisdiccional y su íntima correspondencia con los principios de división de poderes, control y balance entre los mismos debe entenderse como el fin primario del Estado consistente en dirimir los conflictos interindividuales [Exp. 6167-2005-PHC/TC, f. j. 6]. Link: lpd.pe/zjb4a
- El principio de exclusividad judicial comprende una vertiente negativa (prohibición de desempeño de otro cargo más que la docencia) y una vertiente positiva (solo al PJ y a las jurisdicciones especiales les corresponde la función jurisdiccional) [Exp. 0004-2006-PI/TC, f. j. 15]. Link: lpd.pe/zr6AQ
- La exclusividad se traduce en la prohibición constitucional impuesta al legislador para que atribuya potestad jurisdiccional a órganos no conformantes del PJ [Exp. 0023-2003-AI/TC, f. j. 22]. Link: lpd.pe/z8B3K
- Ámbito de jurisdicción ordinaria es de «naturaleza global o totalizadora», en cambio el de las jurisdicciones especializadas es de «naturaleza restringida» [Exp. 0017-2003-AI/TC, ff. jj. 124-125]. Link: lpd.pe/EeWxm
- Las jurisdicciones especializadas, de ningún modo, se entienden como jurisdicción de excepción, es decir, órganos ad hoc de naturaleza política [Exp. 0017-2003-AI/TC, f. j. 122]. Link: lpd.pe/N7akd
- Reconocer constitucionalmente fueros especiales como el militar, arbitral, constitucional, de comunidades campesinas y nativas no vulnera igualdad ante la ley si se asegura un debido proceso y tutela judicial efectiva al ciudadano [Exp. 6167-2005-PHC/TC, f. j. 7]. Link: lpd.pe/zZQ5V
- En el caso del TC, JNE y jurisdicción militar, cada uno debe seguir un estatuto jurídico propio para asegurar la unidad funcional del sistema judicial y la igualdad entre jueces [Exp. 0004-2006-PI/TC, f. j. 12]. Link: lpd.pe/zKLbp
- La Constitución reconoce la naturaleza excepcional de la jurisdicción arbitral, lo que determina que el justiciable tenga la facultad de recurrir ante el órgano jurisdiccional estatal para demandar justicia, pero también ante una jurisdicción privada [Exp. 6167-2005-PHC/TC, f. j. 7]. Link: lpd.pe/E3v5e
- El arbitraje no puede entenderse como un mecanismo que desplaza al PJ, ni tampoco como su sustitutorio, sino como una alternativa que complementa el sistema judicial puesta a disposición de la sociedad para la solución pacífica de las controversias [Exp. 6167-2005-PHC/TC, f. j. 10]. Link: lpd.pe/NpaBv
- La jurisdicción arbitral no se agota en las cláusulas contractuales ni en la Ley General de Arbitraje, sino que se convierte en sede jurisdiccional, con autonomía y obligada a respetar los derechos fundamentales (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 6167-2005-PHC/TC, f. j. 11]. Link: lpd.pe/NWL2Y
- La jurisdicción militar, por solo juzgar delitos de la función militar, no puede desvincularse de la organización y funciones de un órgano que imparte justicia [Exp. 0004-2006-PI/TC, f. j. 6]. Link: lpd.pe/Ek8vV
- La jurisdicción militar, por ser independiente, no puede diseñar ni autorizar sus funciones inobservando principios como el de independencia, imparcialidad e inamovilidad de los jueces [Exp. 0023-2003-AI/TC, f. j. 24]. Link: lpd.pe/N5wrK
- Magistrado no vulneró imparcialidad al participar en sentencia condenatoria e integrar colegiado que, respaldado por otros dos, anuló la absolutoria [Exp. 01132-2019-PHC/TC, ff. jj. 13-14, 16]. Link: lpd.pe/yb3L3
- La condena por magistrados sin rostro vulnera derecho a un juez competente, imparcial e independiente al impedir conocer al juzgador [Exp. 0258-2003-HC/TC, ff. jj. 2-3]. Link: lpd.pe/ywpGB
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios:



![TC: Restricción para contratar con el Estado por razón de parentesco no puede aplicarse de manera general a todas las entidades públicas; el impedimento solo aplica a la entidad donde el funcionario tiene influencia [Exp. 02545-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Criterios rectores del voto singular de los magistrados Gutiérrez Ticse y Domínguez Haro [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Excepción a la regla de no exigencia en la precisión de la fecha en el delito de violación sexual: La precisión de las fechas no es determinante si se precisan circunstancias periféricas; sin embargo, cuando las contradicciones en la precisión de tiempo, lugar o circunstancias son reiterativas y variables en los diferentes elementos de prueba (declaración en Cámara Gesell, ante el médico legista, ante el psicólogo), generan incertidumbre que debe ser esclarecida, ya que provienen de la misma fuente incriminatoria [Apelación 395-2024, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Las resoluciones «definitivas» son aquellas que concluyen el proceso; en cambio, las «interlocutorias» se emiten mientras el proceso está en curso y no afectan directamente la decisión final del mismo [Queja NCPP 1429-2023, Cajamarca, f. j. 4.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)



![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Aprueban nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar y policial [Decreto Supremo 292-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/POLICIAS-MILITARES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)










![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Criterios rectores del voto singular de los magistrados Gutiérrez Ticse y Domínguez Haro [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-100x70.png)
![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)



![El derecho de propiedad guarda estrecha relación con la libertad personal, en tanto a través de él las personas expresan su libertad económica frente al Estado social y democrático de derecho [Exp. 01342-2012-PA/TC, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)