Jurisprudencia del artículo 1005 del Código Civil.- Régimen de los efectos del usufructo

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Artículo 1005.- Régimen de los efectos del usufructo
Los efectos del usufructo se rigen por el acto constitutivo y, no estando previstos en éste, por las disposiciones del presente título.


Concordancias

CC: arts. 140, 999-1004, 1354.


Jurisprudencia del artículo 1005 del Código Civil

  • Tribunal Registral

  1. No procede extensión de plazo de usufructo si tiempo por el que se constituyó ha caducado [Resolución 1513-2020-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/kOJRr

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