El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) elevó a S/ 4,200 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2019 a través de un decreto supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
Este monto representa un aumento de S/ 50 respecto del valor que tenía en el 2018, que era de S/ 4,150.
Cabe destacar que la Unidad Impositiva Tributaria ( UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias.
Este incremento se aplicará desde el 1 de enero de 2019 e impactará en las multas pagas al Estado y a la vez los subsidios que se entregan.
La UIT es usado como un el valor de referencia para determinar impuestos, infracciones, multas u otro aspecto tributario que las leyes establezcan. En los últimos años los montos de la UIT han ido variando tal como se indica en esta tabla.

DECRETO SUPREMO Nº 298-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros;
Que, asimismo dispone que el valor de la UIT será determinado mediante Decreto Supremo considerando los supuestos macroeconómicos;
De conformidad con lo dispuesto en Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en la Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario;
DECRETA:
Artículo 1. Aprobación de la UIT para el año 2019
Durante el año 2019, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias es de Cuatro Mil Doscientos y 00/100 Soles (S/ 4 200,00).
Artículo 2. Refrendo
El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas




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