Aprueban el aplicativo informático denominado “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” y su manual de usuario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2019-TR
Lima, 6 de setiembre de 2019
VISTOS: El Informe Nº 075-2019-MTPE/4/13.2/JJS de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el Oficio Nº 262-2019-MTPE/2/15.2 de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Oficio Nº 633-2019-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Informe Nº 2115-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
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CONSIDERANDO:
Que, el inciso 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias, señala como competencia exclusiva del Sector el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de seguridad y salud en el trabajo, entre otras;
Que, el artículo 28 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su modificatoria, establece que el empleador implementa los registros y documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, pudiendo estos ser llevados a través de medios físicos o electrónicos;
Que, el artículo 43 de la citada ley dispone que el empleador realiza auditorías periódicas, a fin de comprobar si el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo ha sido aplicado y si es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud de los trabajadores;
Que, el artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, y sus modificatorias, señala que uno de los registros obligatorios del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es el Registro de auditorías;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del citado reglamento establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo regula el registro y acreditación de los auditores autorizados, así como su periodicidad;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2013-TR, que aprueba el Reglamento de Auditores autorizados para la evaluación periódica del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, o norma que lo sustituya, se establecen las reglas para el registro y acreditación de los auditores;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido reglamento establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante resolución ministerial, dictará las normas complementarias, para la mejor aplicación de la citada normativa;
Que, con la finalidad de mejorar el servicio que se presta a los administrados y otorgar una herramienta útil para el acceso a la información de los auditores autorizados en materia de seguridad y salud en el trabajo, la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo propone la aprobación del aplicativo informático denominado “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” y su manual de usuario;
Que, mediante el documento de vistos, la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones emite opinión favorable respecto de la aprobación del aplicativo informático denominado “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” y su manual de usuario;
Que, por lo expuesto, se hace necesario emitir el acto de administración interna que apruebe el aplicativo informático denominado “Sistema Nacional de Auditorías de Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” y su manual de usuario;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias; la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su modificatoria, el Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de aplicativo informático y manual de usuario
Apruébase el aplicativo informático denominado “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” y su manual de usuario, que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Administración del aplicativo informático
La administración del “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” se encuentra a cargo de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 3.- Del mantenimiento informático
La Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones es el órgano responsable del mantenimiento informático del “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST” aprobado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial.
Asimismo, es responsable de brindar el asesoramiento técnico necesario a los usuarios del sistema y de garantizar la integridad e intangibilidad de la información del mencionado sistema.
Artículo 4.- De la capacitación del aplicativo informático y de las acciones de difusión y promoción
La Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es responsable de brindar capacitación y asistencia técnica en relación al uso del aplicativo informático denominado “Sistema Nacional de Auditorías en Seguridad y Salud en el Trabajo – AuditaSST”.
Las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales realizan acciones de difusión y promoción del uso del referido aplicativo informático.
Artículo 5.- De la publicación
Publícase la presente resolución ministerial y su anexo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
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