Análisis del costo del mercado: Impacto de tributos y otros conceptos en el valor estimado de bienes y servicios

SUMARIO: I. Introducción, II. Factores que influyen en el valor estimado: tributos, costos indirectos, costos logísticos e IGV, III. El IGV en zonas exoneradas: análisis y consideraciones, IV. Costo de mercado vs. Costo del estudio de mercado, V. Variación entre los precios del mercado y los precios del estudio de mercado, VI. Errores frecuentes en la determinación del valor estimado, VII. Conclusiones


I. INTRODUCCIÓN

El cálculo del valor estimado es un elemento clave en la contratación de bienes y servicios. En dicho contexto, el análisis de costo en el mercado resulta fundamental para entender las dinámicas económicas y legales en diversos sectores, y a su vez, constituye una garantía de transparencia y equidad en los procesos de adquisición pública.

Cabe mencionar que el valor estimado es una herramienta para establecer una base justa y equitativa en el campo de la valoración de bienes y servicios. Este valor se determina incluyendo una serie de componentes como los tributos, los seguros, los costos de transporte, las inspecciones, las pruebas y, en algunos casos, los costos laborales conformes a la legislación. Dicho esto, cualquier otro concepto aplicable —que pueda incidir en el valor de los bienes y servicios— debe ser considerado a fin de obtener un cálculo preciso, acorde a la realidad del mercado.

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Es importante considerar algunos factores que modifican y particularizan cada proceso. Tal es el caso de una posible exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV), aplicado al consumo de bienes y servicios, en algunas zonas de nuestro país. Este factor hace que el cálculo del valor estimado varíe significativamente. Por ejemplo, en áreas donde no se aplique el cobro de IGV, el costo final de los bienes y servicios será menor en comparación con zonas donde este se mantenga vigente.

Un aspecto crucial en la determinación del valor estimado es diferenciar entre el costo de mercado y el costo del estudio de mercado. Mientras el costo de mercado refleja el precio real de bienes y servicios considerando las dinámicas actuales de la oferta y la demanda —sobre la base de valores objetivos y actuales del mercado—, el costo del estudio de mercado incluye análisis prospectivos y comparativos con el fin de estimar un rango adecuado de precios para la contratación, comprendiendo márgenes de incertidumbre o proyecciones que pueden ajustarse debido a diversos factores.

Asimismo, se debe de tener en cuenta los errores comunes en la determinación del valor, tales como la omisión de ciertos costos indirectos o logísticos, la subestimación de tributos aplicables y los errores en la interpretación de la legislación vigente. Todo lo anterior ha de ser considerado con el objetivo de mejorar la precisión en el cálculo de los costos y asegurar que el valor referencial refleje de manera más fiel los costos reales asociados a los bienes y servicios.

II. FACTORES QUE INFLUYEN EN EL VALOR ESTIMADO: TRIBUTOS, COSTOS INDIRECTOS, COSTOS LOGÍSTICOS E IGV

La estimación del valor referencial en los procesos de contratación pública requiere una metodología que contemple diversos factores clave. Según la guía de recomendaciones de Perú Compras[1], estos factores aseguran que la estimación sea precisa y transparente, reflejando el costo real del bien o servicio a contratar.

a) Tributos

Los tributos aplicables son una consideración central en la estimación, estos incluyen impuestos nacionales y locales que afectan directamente el costo de los bienes o servicios contratados. Verbigracia, el Impuesto General a las Ventas (IGV) debe ser considerado dentro del cálculo, de modo que el presupuesto refleje la totalidad de la obligación tributaria que será asumida.

b) Costos indirectos

Además de los costos directos relacionados con el bien o servicio principal, se consideran los costos indirectos; estos incluyen gastos administrativos y operativos, los cuales forman parte de la estimación. A pesar de que no están directamente relacionados con el objeto del contrato, son necesarios para el cumplimiento eficiente del mismo.

c) Costos logísticos

El transporte, la distribución y cualquier otra actividad relacionada con la logística también afectan el valor estimado. Dependiendo de la naturaleza del bien o servicio, estos costos pueden incluir aspectos como el embalaje, seguros de transporte y medidas especiales para garantizar la integridad de los productos durante su traslado.

d) Impuesto General a las Ventas (IGV)

Es un componente específico que debe incluirse al calcular el valor total. Este impuesto es obligatorio en nuestro país y su incorporación en la estimación asegura que el proceso se alinee con la normativa fiscal vigente.

Estos elementos no solo aseguran que el valor refleje de manera precisa el costo total del bien o servicio requerido, sino que también contribuyen a la transparencia, eficiencia y cumplimiento de las normativas vigentes. Al integrar estos factores de forma coherente, se fortalece la planificación presupuestaria, se optimiza el uso de los recursos públicos y se fomenta un entorno competitivo y equitativo en el mercado.

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III. EL IGV EN ZONAS EXONERADAS: ANÁLISIS Y CONSIDERACIONES

El IGV en zonas exoneradas, específicamente en la Amazonía, está regulado por la Ley N° 27037[2], Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía. Esta normativa tiene como principal objetivo fomentar el desarrollo económico de la región, aliviando cargas tributarias para las empresas y actividades que operan en dicho territorio bajo ciertas condiciones. A través de esta exoneración, se busca mejorar la competitividad de las empresas locales, incentivando la inversión y reduciendo costos operativos para facilitar su crecimiento y sostenibilidad.

La exoneración del IGV, como se aprecia en el caso mencionado, representa una herramienta clave para reducir costos y fomentar la competitividad de las empresas que operan en la Amazonía. Dicho factor beneficia a las compañías y, del mismo modo, impacta de manera positiva en los consumidores, dado que reduce los precios de bienes y servicios en la región. Además, promueve el desarrollo de sectores como la agricultura, la acuicultura, así como de actividades manufactureras relacionadas con productos locales.

Sin embargo, el régimen también establece límites claros para evitar abusos o evasiones fiscales. Las restricciones para operaciones fuera de la región —del mismo modo que los estrictos requisitos para calificar como beneficiario— buscan garantizar que el incentivo fiscal se utilice de manera adecuada y en beneficio de la economía local.

Ahora bien, las empresas interesadas en acogerse a estas exoneraciones deben asegurarse de cumplir rigurosamente con los requisitos legales y adaptar sus operaciones a las condiciones establecidas por la normativa. Esto asegura que puedan aprovechar las ventajas fiscales de manera sostenible y contribuir al crecimiento económico de una región estratégica para el desarrollo del país.

Sin embargo, la exoneración del IGV influye significativamente en el valor estimado de los servicios en una contratación pública, debido a que elimina la carga tributaria que normalmente se sumaría al costo de los servicios prestados, variando directamente la estructura de precios. Tal impacto puede analizarse desde varios aspectos:

  • Reducción del costo final; al no incluirse el IGV en los servicios exonerados, el costo final del servicio es más bajo en comparación con servicios similares que no gozan de esta exoneración. Ello genera un valor estimado más competitivo para las entidades contratantes.
  • Criterios de evaluación en la contratación pública; en las zonas donde se aplica la exoneración del IGV, los postulantes no deben incluir este impuesto en sus precios ofertados. Este hecho representa un ajuste al marco de comparación y puede atraer más propuestas competitivas de proveedores locales; verbigracia, en zonas exoneradas, los servicios prestados dentro de la región tendrán un costo menor por la ausencia del IGV en contraste con servicios contratados desde fuera de la región, que sí estarían gravados con este impuesto.
  • Distorsiones en la competencia; genera desigualdades competitivas entre proveedores locales y aquellos que operan fuera de la región exonerada. En ese sentido, los proveedores locales podrían tener una ventaja económica significativa al no tener que trasladar el IGV en sus precios, hecho que puede influir en las decisiones de adjudicación en la contratación pública.
  • Impacto en el cálculo del valor estimado; el valor estimado debe calcularse de acuerdo con la normativa vigente, considerando la exoneración del IGV en zonas específicas. Esto implica que las entidades públicas, al momento de elaborar sus bases y estimaciones de costos, deban excluir este impuesto en los servicios que califiquen para ser exonerados. De no hacerlo, podrían sobreestimar el valor de la contratación, lo cual afectaría la eficiencia del proceso y el uso de los recursos públicos.

La exoneración del IGV reduce el valor estimado de los servicios en una contratación pública en zonas específicas —por ejemplo, en la Amazonía—, ya que elimina la carga tributaria de los costos. Esto no solo beneficia a las entidades contratantes, al permitirles optimizar sus recursos; sino que, además, incentiva la participación de proveedores locales. Sin embargo, es esencial que las entidades públicas consideren esta exoneración al momento de elaborar sus estimaciones y evaluar las propuestas, a fin de garantizar transparencia, equidad y alineación con la normativa aplicable.

IV. COSTO DE MERCADO VS. COSTO DEL ESTUDIO DE MERCADO

El costo de mercado es el precio promedio de los bienes o servicios que se encuentran disponibles en el mercado. Este costo es crucial para establecer una base de comparación y asegurar que las adquisiciones públicas se realicen a precios competitivos y razonables. La determinación del costo de mercado puede involucrar varias fuentes y métodos:

  • Cotizaciones de proveedores; recopilación de ofertas y precios de varios proveedores para el mismo bien o servicio.
  • Precios históricos; análisis de precios pagados anteriormente por bienes o servicios similares en contratos pasados.
  • Investigación de mercado; revisión de publicaciones, estudios y bases de datos que contengan información sobre precios actuales.

El costo del estudio de mercado se refiere a los gastos incurridos durante el proceso de análisis y evaluación del mercado para determinar el valor estimado. Dicho estudio se constituye como obligatorio por la normativa de contrataciones públicas en nuestro país, y tiene como objetivo asegurar la transparencia y la correcta utilización de los recursos públicos. Los componentes del costo del estudio de mercado incluyen:

  • Recopilación de información; gastos asociados a la obtención de datos necesarios, tales como informes de mercado, encuestas y consultas a expertos.
  • Evaluación y comparación de proveedores; análisis exhaustivo de las capacidades, precios y condiciones ofrecidas por diferentes proveedores.
  • Elaboración del informe; costos administrativos y profesionales asociados con la redacción y presentación del informe del estudio de mercado.

Por tanto, es fundamental entender que el costo de mercado proporciona una base para el análisis, mientras que el costo del estudio de mercado asegura que esa base sea sólida y justificable.

En el contexto de las contrataciones públicas, estos conceptos son esenciales para prevenir prácticas corruptas, asegurar la transparencia y promover la eficiencia en el gasto público. En consecuencia, un análisis de mercado llevado a cabo meticulosamente asegura, por un lado, que el costo asumido por el Estado sea equitativo y acorde con las condiciones del mercado; y, en segundo lugar, fortalece la transparencia y aumenta la credibilidad pública en las instituciones gubernamentales.

La normativa peruana de contrataciones públicas, específicamente la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, establece claramente los procedimientos y requisitos para la realización de estudios de mercado. Esta legislación busca garantizar que los valores referenciales se basen en análisis detallados y precisos, lo que a su vez optimiza la calidad de las adquisiciones y previene el sobrecoste o la subestimación de los precios.

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V. VARIACIÓN ENTRE LOS PRECIOS DEL MERCADO Y LOS PRECIOS DEL ESTUDIO DE MERCADO

En los procesos de contratación pública, los precios del mercado representan un punto de partida para estimar el valor de los bienes, servicios o ejecuciones de obra. En ese sentido, al determinar los precios del estudio de mercado (precios ajustados o valor estimado/referencial), intervienen diversos factores adicionales que pueden causar variaciones:

FACTORES IMPACTO EN LA VARIACIÓN DEL PRECIO
 

Transporte

Se consideran los costos asociados al traslado de los bienes o servicios al lugar donde se requiere su ejecución.
Calidad del producto o servicio Se toman en cuenta los estándares de calidad, ya que estos influyen en el incremento respecto del precio base.
 

Localidad

Se establece la variación de precios dependiendo de la ubicación geográfica, especialmente si hay dificultades logísticas.
 

Impuestos y tributos

Se estima qué impuestos o tasas pueden aplicarse, aunque un bien o servicio pueda estar exonerado de IGV.
 

Margen de utilidad

Se suele añadir márgenes de utilidad dependiendo de la competencia en el mercado.

Es así que los precios del estudio de mercado incluyen elementos como costos de transporte, especificaciones técnicas, localización geográfica, calidad del producto o servicio, márgenes de utilidad del proveedor y, en algunos casos, tributos. Estos factores reflejan los requerimientos específicos del contrato y, además, aseguran que las ofertas se ajusten a las condiciones económicas y técnicas necesarias para una exitosa ejecución. Con el fin de explicar mejor esta característica del proceso, podemos plantear el siguiente ejemplo:

Planteemos la existencia de un bien con un precio de mercado de S/ 3.00. Al realizar la indagación de mercado para determinar el valor estimado, se consideran los factores mencionados anteriormente. De ese modo, el precio del estudio de mercado podría ajustarse de la siguiente manera:

Precio inicial Incremento Precio ajustado
Precio base S/ 3.00 S/ 3.00
Transporte S/ 0.50 S/ 3.50
Impuestos S/ 0.30 S/ 3.80
Margen de utilidad S/ 0.40 S/ 4.20

Por lo tanto, y teniendo en cuenta la Opinión OSCE Nº 081-2023/DTN[3], la normativa busca que el valor estimado o referencial: a) sea realista y representativo de las condiciones de mercado, b) garantice la competencia entre proveedores, evitando sobreprecios o subvaluaciones y c) permita a las entidades públicas comparar ofertas de manera equitativa y con base en criterios técnicos y económicos.

Por ende, la variación entre los precios del mercado y los precios del estudio de mercado en las contrataciones públicas radica en la incorporación de factores adicionales que ajustan el precio base de los bienes, servicios u obras para reflejar las condiciones reales del contrato. Dicha variación se origina en la fase de actuaciones preparatorias durante la indagación de mercado, momento en el cual la entidad recopila información de fuentes diversas a través de cotizaciones, datos del SEACE, análisis técnicos, así como investigaciones sobre experiencias previas.

Por tanto, la variación es inevitable y responde a la necesidad de establecer un precio estimado o referencial que garantice la transparencia, eficiencia y competitividad en los procesos de contratación pública, salvaguardando el interés de las entidades y promoviendo una competencia justa entre los proveedores.

VI. ERRORES FRECUENTES EN LA DETERMINACIÓN DEL COSTO

Es común encontrar varios errores que pueden afectar la transparencia y eficiencia del proceso en la determinación del valor estimado en una contratación pública. Entre ellos consideramos los siguientes:

  • Deficiencias en la indagación de mercado; no se realiza una investigación exhaustiva y precisa del mercado, lo que lleva a una valoración incorrecta del costo de los bienes o servicios.
  • Errores en el desglose presupuestario; un desglose presupuestario deficiente puede resultar en una distribución incorrecta de los recursos, lo que afecta la precisión del valor estimado.
  • Información contradictoria o incongruente; la información proporcionada en el requerimiento de la contratación puede ser contradictoria o no estar alineada, lo que genera confusión y desmotiva a los proveedores potenciales.
  • Selección de procedimientos inadecuados; elegir un procedimiento de contratación que no sea adecuado para el tipo de bien o servicio puede llevar a errores en la determinación del valor estimado. Por ejemplo: utilizar un procedimiento de selección que no permita una competencia justa.
  • Falta de conocimientos técnicos; los funcionarios encargados de la contratación pueden no contar con los conocimientos técnicos necesarios para evaluar adecuadamente los costos y las especificaciones técnicas de los bienes o servicios.
  • Incumplimiento normativo; no seguir las normativas y directrices establecidas en las Bases Estándar por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), así como en otras disposiciones legales, inducirá a errores en la determinación del valor estimado.
  • Modificación de la oferta durante la evaluación; cambiar los criterios de evaluación o los requisitos durante la fase de evaluación y adjudicación puede generar confusión y afectar la transparencia del proceso.

Estos errores pueden tener un impacto significativo en la eficiencia y las transparencia de las contrataciones públicas. Por ello, es crucial que las entidades estatales tomen las medidas correspondientes para evitarlos y asegurar procesos justos y competitivos.

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VII. CONCLUSIONES

El cálculo del valor estimado es un proceso esencial en las contrataciones públicas puesto que no solo determina la base económica sobre la cual se fundamentarán las adquisiciones, sino que también impacta en la transparencia, la equidad y la eficiencia del uso de recursos públicos. La adecuada inclusión de factores como tributos, costos logísticos o el análisis del IGV en zonas exoneradas, entre otros factores, permite ajustar el valor a las condiciones reales.

La distinción entre el costo de mercado y el costo del estudio de mercado resulta vital para garantizar que las estimaciones sean realistas, competitivas y ajustadas a la normativa vigente. En ese sentido, un estudio de mercado bien fundamentado fortalece la credibilidad del proceso de contratación en vista de que previene tanto sobrecostos como subestimaciones que puedan comprometer la eficiencia del gasto público. La variación entre los precios del mercado y los del estudio de mercado no solo debe ser entendido como un hecho ineludible, sino principalmente como un sinceramiento necesario para establecer un valor representativo y realista.

Por otro lado, la identificación y prevención de errores comunes en la estimación del valor —tales como omisiones de costos indirectos o la falta de una investigación de mercado exhaustiva— son fundamentales para asegurar que el resultado final refleje de manera precisa los costos asociados.

En suma, la correcta determinación del valor estimado no solo respalda la transparencia y la competencia en los procesos de contratación, sino que también contribuye a la sostenibilidad financiera de las entidades públicas. De este modo, como ya se ha indicado, se fortalece la confianza en el sistema de contrataciones y se promueve el uso eficiente de los recursos del Estado.


[1] Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2020). Recomendaciones y buenas prácticas para el tratamiento de personas privadas de libertad en los establecimientos penitenciarios. Recuperado el 8 de diciembre de 2024 de

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/535671/RECOMENDACIONES_Y_BUENAS_PRACTICAS_ALTAS.pdf?v=1582929538.

[2] Congreso de la República del Perú. (1998). Ley N° 27037, Ley de promoción de la inversión en la Amazonía. Recuperado el 8 de diciembre de 2024 de https://www.gob.pe/institucion/minem/normas-legales/5136617-27037

[3] Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). (2023). Opinión N° 081-2023/DTN. Recuperado el 8 de diciembre de 2024 de https://www.gob.pe/institucion/osce/informes-publicaciones/4555222-opinion-n-081-2023-dtn

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