«Amicus curiae» participarán en XI Pleno Casatorio Civil sobre prescripción adquisitiva

Los jueces y juezas integrantes de las salas civiles (Permanente y Transitoria) de la Corte Suprema de Justicia participarán este miércoles 29 de octubre en el XI Pleno Casatorio Civil, convocado para establecer precedente judicial vinculante en materia de prescripción adquisitiva de dominio.

La audiencia pública se realizará de forma presencial, a las 10:00 horas, en la Sala de Juramentos de Palacio de Justicia, y contará con la participación de renombrados especialistas en la materia.

Entre ellos están los docentes universitarios Moisés Arata Solís, Francisco Avendaño Arana, José Felisandro Mas Camus, Mario Solís Córdova y Alan Augusto Pasco Arauco.

Los antes mencionados disertarán posturas doctrinarias sobre prescripción adquisitiva de dominio en calidad de amicus curiae (amigos del tribunal), lo cual permitirá a los magistrados/as a tener un amplio conocimiento del tema.

Por razones de aforo, los interesados en asistir a la audiencia pública deben registrar su solicitud en el siguiente enlace: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfwfyRaWWnicMLm393sGadS8Q175nbXR483mCwInxNVBFYjzg/viewform

Para la realización de este pleno fueron citados las juezas y jueces que conforman ambos tribunales de justicia, y así garantizar su participación conjunta en la adopción del precedente vinculante.

La convocatoria a este pleno se sustenta en la existencia de criterios diversos y, en algunos casos, contradictorios, en la jurisprudencia nacional respecto de la aplicación de las normas que regulan esta institución jurídica.

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

La prescripción adquisitiva de dominio no solo representa un mecanismo de adquisición originaria de la propiedad, sino un instrumento de consolidación de situaciones posesorias de hecho que el Derecho reconoce en aras de la seguridad jurídica.

Entre los expedientes elevados en casación ante la Corte Suprema se ha advertido que, de forma continua y reiterada, los órganos jurisdiccionales del país resuelven con criterios distintos y hasta contradictorios.

Por ello, la judicatura suprema considera necesario fijar líneas jurisprudenciales armonizadas que aseguren la uniformidad en la solución de casos análogos para garantizar la seguridad jurídica y el principio de igualdad ante la ley.

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OTRAS MATERIAS

También, se analizará el concepto de justo título en la prescripción adquisitiva de dominio, la prescripción adquisitiva de dominio por las personas jurídicas, especialmente, por las asociaciones, la prescripción del propietario o de quien ostenta título negocial adquisitivo.

Asimismo, la aplicación de la Ley n.° 29618, que establece la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal, entre otros.

La Sala Civil Permanente la preside la jueza suprema titular Ana María Aranda Rodríguez y la integran los jueces y juezas César Proaño Cueva, Rosa María Ubillús Fortini, Rita Valencia Dongo Cárdenas y Olegario Florián Vigo.

En tanto, la Sala Civil Transitoria está presidida por el juez supremo titular Carlos Arias Lazarte, y la conforman la jueza suprema titular Emilia Bustamante Oyague, las magistradas Carmen Cabello Matamala y Rosa Juárez Ticona, y el juez supremo Henry Huerta Sáenz.

Lima, 26 de octubre de 2025

Fuente: Poder Judicial del Perú

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