El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo, informó hoy que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia programó para el lunes 5 de marzo, la audiencia en la que evaluará el requerimiento de extradición activa contra el ex presidente, Alejandro Toledo Manrique, solicitada a Estados Unidos.
La audiencia será pública y está prevista para a las ocho y treinta de la mañana en la sala del referido tribunal (Oficina 236), en Palacio de Justicia.
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El requerimiento de extradición activa contra el exmandatario –investigado por los presuntos delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos en agravio del Estado– fue realizado hace unos días por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.
Durante la audiencia, de acuerdo con el nuevo Código Procesal Penal, harán uso de la palabra el representante del Ministerio Público, quien sustentará el requerimiento de extradición, así como el abogado del expresidente, quien ejercerá la defensa de este.
Luego del debate, el tribunal que preside el juez supremo, César San Martín Castro, ingresará a la fase de deliberación para emitir la correspondiente Resolución Consultiva (decisión judicial). Esta decisión será dada a conocer en breve plazo.
De acuerdo con la norma procesal, si la sala declara procedente el pedido de extradición, remitirá el cuaderno al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, donde continuará su trámite; y si lo declara improcedente, devolverá lo actuado al juzgado requirente.
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Como se recordará, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, en su requerimiento, establece dos fases respecto a las presuntas actividades ilícitas de Toledo Manrique.
En la primera, refiere, que a finales del año 2004, ofreció favorecer a la empresa Odebrecht para que esta ganara la licitación del tramo 2 y 3 de la Carretera Interoceánica Sur Perú-Brasil, y a cambio solicitó inicialmente la suma de US$35 millones.
Luego señala que el ex jefe de Estado habría utilizado el dinero de la empresa Ecoteva Consulting Group S.A. para comprar bienes inmuebles y pagar sus hipotecas en Perú.
Fuente: Poder Judicial
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