El día 11 de mayo del presente año, el Dr. Manual de Lama Laura, abogado por la Universidad de Piura y mágister en Derecho del Trabajo por la Pontificia Universidad Católica del Perú; tuvo la gentileza de disertar sobre un tema mayúsculo: «Alcances sobre la fiscalización laboral». La exposición se realizó en el marco de la apertura de nuestra aula virtual a la comunidad jurídica, donde se podrá encontrar información actualizada sobre los diversos temas de interés.
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Hemos transcrito los primeros minutos de la exposición, y adjuntamos el vídeo, en exclusiva, que contiene la ponencia completa.
En principio, la fiscalización laboral es un servicio público a cargo de la administración del trabajo, específicamente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, que se encarga de verificar el cumplimiento de la normativa socio laboral. Todos sabemos que la normativa socio laboral exige al empleador peruano una serie de obligaciones que debe cumplir. En ese sentido, la inspección del trabajo busca verificar que estos empleador cumplan con este tipo de obligaciones.
Esta fiscalización laboral se ha venido regulando antes de las modificación de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444, básicamente por la Ley General de Inspección del Trabajo y su reglamento. Sin embargo, a fines del 2016, se emitieron algunas disposiciones que modificaron la Ley 27444. Estas modificaciones promovieron una serie de adecuaciones al procedimiento de fiscalización laboral, que han sido recogidas en diversos decretos supremos emitidos por el Ministerio de Trabajo el año 2017. Básicamente han sido tres decretos supremos.
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Estas nuevas modificaciones han provocado una serie de inquietudes, de dudas en su aplicación; por ser unos matices que recién se están implementando poco a poco en la inspección del trabajo. Estas modificaciones, entre otras, que en realidad son variadas; son las principales. Tienen que ver con la implementación de una nueva fase en la etapa del procedimiento administrativo sancionador, que se denomina actualmente como fase instructora.
Adicionalmente, otra modificación importante que se le ha brindado a la fiscalización laboral, específicamente al procedimiento inspectivo, tiene que ver con la introducción de ciertos derechos en la primera etapa de actuaciones inspectivas a cargo del inspector de trabajo. La implementación de ambas disposicones, tanto en la primera etapa de actuaciones inspectivas como en la fase sancionadora del procedimiento propiamente sancionador que tiene a cargo la inspección del trabajo; ha provocado que muchos operadores del derecho tengan muchos cuestionamientos de cómo se vienen aplicando reglas en el procedimiento inspectivo.
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Una de las finalidades de este curso tiene que ver justamente con brindar los alcances respecto de estas modificaciones en el procedimientos inspectivo, a fin de aclarar varias dudas sobre el particular. Aparte de eso, es importante mencionar que la inspección del trabajo tiene unas reglas bastante especiales, en torno a ciertas materias que son fiscalizadas por la inspección.
Por ejemplo, podríamos destacar que la inspección del trabajo cuando identificar infracciones en materia de derechos fundamentales, las multas que llegara en su oportunidad a aplicar la inspección del trabajo; se calculan dependiendo de unas reglas especiales fijadas en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Multas que, inclusive, podría tenerse en cuenta para su cálculo, en cuenta el número total de trabajadores de la empresa.
Cabe destacar que otro criterio especial de multa tiene que ver con el tipo de empresa que es fiscalizada; si es una micro, si es una pequeña o si es una empresa que no cabe dentro de la calificación de micro o pequeña empresa. Asimismo, también hay multas especiales para la identificación de infracciones en materia de trabajo forzoso y trabajo infantil, justamente con la libertad sindical y la no discriminación; son materia de protección que el Estado busca tutelar de una manera muy particular y, por lo tanto, las multas en estos supuestos son muy altas para evitar la comisión de este tipo de infracciones.
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Además, la Superintendencia Laboral, en esta línea, ha emitido algunos protocolos de fiscalización importantes que también se van a revisar; como, por ejemplo, aquel que tiene que ver con la inspección respecto de la cuota de empleo de las personas con discapacidad. Un procedimiento bastante particular que también entra en la lógica de tutelar esta norma que fue emitida hace algunos años, respecto a la obligación que tienen las empresas de cumplir un número determinado de contrataciones de personas con discapacidad.
Asimismo, tenemos que la SUNAFIL ha emitido, hace algunos años, un protocolo de fiscalización relativo a los contratos sujetos a modalidad. Todos sabemos que estos contratos, de acuerdo al legislador peruano, manifiestan una excepción a la regla en la contratación laboral. Entonces, es importante tener en cuenta, cómo es que la inspección verifica el incumplimiento de la normativa que regula esta contratación temporal y cómo le va dando pautas al inspector para identificar en qué casos, una contratación sujeta a modalidad no está cumpliendo justamente con las reglas especiales y excepcionales que ha previsto el legislador.
Hay una materia bastante importante para la inspección del trabajo que está relacionada con asuntos de seguridad y salud en el trabajo. Ahí, por ejemplo, hay una serie de instrumentos normativos emtidos por la SUNAFIL, respecto de cómo el inspector de trabajo debe verificar incumplimientos en seguridad y salud en el trabajo, en diversos sectores económicos como la construcción civil, la minería, la energía, etc.
Con estas líneas generales que les he brindado respecto de la fiscalización laboral, podríamos contar un interés más profundo, que nos acerque mucho más a estos temas relacionados con la fiscalización laboral que son pocos conocidos y que no deberían darse de esta manera, sino más bien todo lo contrario. En un mundo donde el tema laboral es tan frecuente y tan cotidiano para todo, no solamente para los trabajadores sino también para los empresarios, sindicatos, agrupaciones empresariales; es importante conocer cómo la fiscalización laboral viene identificando las reglas a tener en cuenta para verificar el incumplimiento de la normativa laboral.
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