La Comisión del Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Lima Norte llevó a cabo una sesión plenaria el 4 de noviembre de 2016, en donde se debatió los siguientes temas relacionados al proceso inmediato:
- Tema I: Facultades del fiscal sobre requerimiento de prisión preventiva en el procedimiento de incoación del proceso inmediato.
- Tema II: Facultades del juez en el procedimiento de control de la flagrancia-incoación del proceso inmediato.
- Tema III: Plazo y oportunidad procesal para impugnar y fundamentar la
decisión del requerimiento de prisión preventiva. - Tema IV: Sobre el derecho a la prueba y contradicción del imputado en el proceso inmediato.
ACTA DE SESIÓN PLENARIA
[…]
TEMA II
FACULTADES DEL JUEZ EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE LA FLAGRANCIA-INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO
Problema 1:
Cuando el juez de control de flagrancia advierte que el fiscal no ha tipificado jurídicamente los hechos en forma correcta o existe en ese sentido oposición valida de la defensa técnica del imputado, es posible que:
¿El juez de flagrancia puede efectuar control de la imputación jurídica y, apartarse de la tipificación postulada por el fiscal y declarar fundada la incoación del proceso inmediato por un tipo penal diferente que él ha recalificado o lo ha justificado la defensa?
Primera posición:
El juez debe rechazar más no recalificar
Segunda posición:
El juez puede recalificar. El juez puede observar la defectuosa calificación —siempre que sea favorable al denunciado—, y si el fiscal no recalifica se rechaza.
Luego de la deliberación y votación, se obtuvo el siguiente resultado:
Por la primera postura: 19 magistrados
Por la segunda postura: 16 magistrados
Problema 2:
¿El juez de flagrancia puede ordenar dentro de la audiencia de control de flagrancia que el fiscal formalice la investigación preparatoria como condición previa para declarar fundada la incoación del proceso inmediato?
25 magistrados señalaron que no.
10 magistrados observaron la pregunta considerando que debe ser replanteada.
Problema 3:
En casos que el juez de flagrancia decida declarar infundada la incoación del proceso inmediato, ¿tiene la facultad legal para debatir la pretensión y resolver el requerimiento de prisión preventiva de la Fiscalía?
23 magistrados señalaron que sí.
14 magistrados señalaron que no.
Problema 4:
¿El juez de flagrancia que decide declarar infundada la incoación del proceso inmediato puede ordenar que la fiscalía formalice la investigación preparatoria en proceso común contra el imputado o solo tiene facultad para devolverle los actuados?
37 magistrados señalaron que el juez sólo puede devolver los actuados.
[Continúa…]