Actualizan el «Plan anual de seguridad y salud en el trabajo del PJ» [RA 000259-2020-CE-PJ]

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fachada poder judicial con norma y logo lp

Publicado el 29 de setiembre de 2020, en el diario oficial el Peruano.


Aprueban la actualización del “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial”, correspondiente al año 2020

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000259-2020-CE-PJ

Lima, 18 de septiembre del 2020

VISTO:

El Oficio N° 00021-2020-JAV-PCSST-CE-PJ cursado por el señor Javier Arévalo Vela, Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO

Primero. Que mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tiene por objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, a través del deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado; y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, con el fin de velar por la promoción, difusión y cumplimiento de las normas sobre la materia.

Segundo. Que, el artículo 22° de la mencionada Ley, establece que el empleador, en consulta con los trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Tercero. Que, asimismo, por Resolución Ministerial N° 050-2013-TR, se señala que el Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo es aquel documento de gestión, mediante el cual el empleador desarrolla la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, en base a los resultados de la evaluación inicial o de evaluaciones posteriores o de otros datos disponibles con la participación de los trabajadores, sus representantes y la organización sindical.

Cuarto. Que, en ese contexto, mediante Resolución Administrativa N° 060-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial”, correspondiente al año 2020.

Quinto. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Comité de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno la actualización del “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial para el año 2020”, la cual ha sido aprobada por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial el 3 de setiembre de 2020; precisando que ha sido elaborado en base a la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR, por lo que debe aplicarse lo dispuesto en el segundo párrafo de la definición de Plan del Punto 7. “Disposiciones Específicas” de la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, que establece: “No incluye a los planes que tienen normatividad específica para su elaboración”. Además, el Plan ha sido concordado con los artículos 6°, 7°, 8° y 9° del Decreto Legislativo N° 1499, referidos a la prórroga de exámenes ocupacionales, capacitaciones virtuales, auditorias y representación de los trabajadores ante el Comité Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.

Sexto. Que, la actualización del Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial para el año 2020, señala los siguientes objetivos:

a) Velar por la protección de los colaboradores y visitantes que hacen uso de las instalaciones mediante la prevención de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales.

b) Cumplir con la normativa legal vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo.

c) Garantizar la consulta y participación en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, con objetivos medibles que permitan establecer la mejora continua en los colaboradores y sus representantes.

d) Fomentar una cultura de prevención de riesgos y gestión de la seguridad y salud en el trabajo, con objetivos medibles que permitan establecer la mejora continua en los colaboradores y alcanzar el logro de cero accidentes y enfermedades ocupacionales; y

e) Compatibilidad con otros sistemas de gestión implementados.

Sétimo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1065-2020 de la quincuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de setiembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la actualización del “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial”, correspondiente al año 2020; que en anexo forma parte integrante de la presente decisión.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 060-2020-CE-PJ, que aprobó el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial”.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de trabajo.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente

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