El abogado Thierry Stefano Miranda Champac presentó una denuncia ante el Ministerio Público contra el fiscal provincial penal Roger Yana Yanqui y el juez Abel Ángel Centeno Estrada. La acusación se formula por la presunta comisión del delito de prevaricato en agravio de la administración de justicia.
Lea más l Lea la demanda de hábeas corpus por detención preliminar de Luis Magallanes
En la derivación por competencia funcional, emitida el 24 de octubre por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Centro – Breña – Rímac – Jesús María, se explicó:
La denuncia fue presentada contra Roger Yana Yanqui, en su calidad de fiscal provincial penal de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos, por la presunta comisión del delito contra la administración de justicia —prevaricato— en agravio de la administración de justicia, y contra Abel Ángel Centeno Estrada, en su condición de juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, por la presunta comisión del mismo delito.
En el contexto de esta denuncia, se encuentra en curso una investigación fiscal relacionada con los hechos ocurridos el 15 de octubre en el Centro de Lima, donde falleció el joven artista urbano Eduardo Ruiz Sanz, conocido como Truko. En esos enfrentamientos resultó implicado el suboficial de la Policía Nacional, Luis Magallanes, quien actualmente es investigado por el presunto delito de homicidio simple y, de manera alternativa, por homicidio culposo agravado.

En una entrevista concedida a Willax Televisión, el suboficial relató que él y otros efectivos recibieron la orden de ubicarse «a las 15:30 a la altura del Congreso, en la avenida Abancay, para hacer seguimiento y capturar a los manifestantes que son violentos […] que tengan bomba molotov, palos, piedras, que agreden a los efectivos policiales».
Magallanes declaró que actuó movido por el temor a perder la vida. «No ha sido mi intención lastimar a nadie, mucho menos quitarle la vida a una persona. Era el miedo y el temor de que me maten a mí, pero nunca apunté al cuerpo de nadie, sino al piso», señaló.
DISPOSICION N°01
Lima, veinticuatro de octubre
de dos mil veinticinco. –
VISTOS: La denuncia presentada por Thierry Stefano Miranda Champac, contra ROGER YANA YANQUI, en su calidad de Fiscal Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos, por la presunta comisión del delito contra la administración de justicia – PREVARICATO, en agravio de la administración de justicia y contra ABEL ANGEL CENTENO ESTRADA, en su condición de Juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializado, por la presunta comisión del delito contra la administración de
justicia – PREVARICATO Y DETENCION ILEGAL, en agravio de la administración de justicia.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: «El día 17 de octubre de 2025, a esta defensa se le notifica que conforme a la Resolución N.° 01 de fecha 17 de octubre de 2025, se estaba solicitando la detención preliminar judicial contra mi cliente; LUIS MICHAEL MAGALLANES GAVIRIA, a pesar de que la Ley N.° 32181 se encontraba vigente y mediante su artículo 3 había modificado el artículo 261-A en donde se le prohíbe al fiscal solicitar la detención preliminar judicial contra el personal de la PNP en situación de actividad, que hiciera uso de arma de fuego, de forma reglamentaria, y como consecuencia aconteciera alguna lesión o muerte»
(Articulo 261-A – Impedimento de la detención preliminar judicial).
«Sin embargo, a pesar de que la prohibición era expresa, el fiscal remitió el requerimiento de detención preliminar judicial por el plazo de 07 días, motivo por el cual, el juez Abel Ángel Centeno Estrada (juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada), programó la audiencia de detención preliminar judicial el día viernes 17 de octubre de 2025 a las 08:30 pm mediante Resolución N° 01 de fecha 17 de octubre de 2025, a pesar de que tenía conocimiento de la
prohibición dada en la norma procesal.
[Continúa…]


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