El abogado del futuro programará justicia: Contratos inteligentes, descentralización y el fin del monopolio estatal

Autor: Augusto Gabriel Paucar Pereda

“Cuando el abogado escribe líneas de código, no litigios, la justicia deja de depender del Estado.”

Sumario: 1. Introducción, 2. De la justicia estatal al código jurídico, 3. Fundamentos libertarios: propiedad privada y derecho natural, 3.1. Ley y mandato: distinción esencial, 4. Contratos inteligentes como infraestructura jurídica, 4.1. Garantías automáticas, escrow y pagos condicionados, 4.2. Herencias y sucesiones automatizadas, 4.3. Implementación en el proceso civil peruano, 4.4. Registro de propiedad y títulos digitales, 4.5. Arbitraje privado descentralizado, 5. Adaptación al derecho peruano: base legal mínima viable, 5.1. Cláusulas modelo para copiar y usar, 5.2. Flujos prácticos paso a paso, 5.3. Checklist probatorio, 5.4. KPIs para medir impacto, 6. Riesgos técnicos, legales y éticos, 7. Conclusión, 8. Bibliografía


1. Introducción

Blockchain es un registro público descentralizado donde múltiples nodos validan y encadenan transacciones con inmutabilidad y transparencia. Sobre esa base, Ethereum permite desplegar contratos inteligentes (smart contracts), programas que ejecutan reglas pactadas sin intermediarios.

En el Perú —con tiempos y costos elevados para hacer cumplir contratos— esta infraestructura traslada la ejecución desde la burocracia hacia reglas voluntarias autoejecutables. La tesis es simple: el abogado que integre dogmática civil y arquitectura EVM programará justicia.

2. De la justicia estatal al código jurídico

El paradigma tradicional confía al Estado la coacción y la ejecución contractual. Blockchain propone otra arquitectura: consenso distribuido, verificación criptográfica y reglas autoaplicables.

Bajo el principio “code is law”, lo pactado se compila, se despliega y se ejecuta sin mediación discrecional. No se elimina el Derecho: se reubica en un diseño de reglas generales, públicas e impersonales que se hacen cumplir por código auditable.

3. Fundamentos libertarios: propiedad privada y derecho natural

La tradición liberal-austríaca (Hoppe, Rothbard, Hayek) sostiene que el Derecho eficaz emerge del orden espontáneo y la propiedad privada, no del privilegio político. Esa intuición se alinea con blockchain: reglas generales, publicidad, ausencia de favoritismos y verificación barata.

3.1. Ley y mandato: distinción esencial

Con Huerta de Soto, la ley —en sentido material— son reglas generales, abstractas e impersonales surgidas evolutivamente y compatibles con el derecho natural; el mandato es una orden particular del poder, aunque se presente como “ley” positiva.
Los contratos inteligentes encarnan lex privata: reglas generales aceptadas libremente por las partes cuya ejecución automática reduce discrecionalidad y litigio.

4. Contratos inteligentes como infraestructura jurídica

Los smart contracts permiten trasladar la ejecución del pacto a código, con trazabilidad y prueba técnica. A continuación, aplicaciones inmediatas con impacto en el ordenamiento peruano.

4.1. Garantías automáticas, escrow y pagos condicionados

Escrow descentralizado. La Parte A deposita fondos en un contrato; el pago se libera si se cumplen condiciones objetivas (entrega validada por oráculo, fecha límite, conformidad on-chain). Operación sin intervención operativa de bancos o notarías, salvo cuando la ley exija formalidades específicas; con trazabilidad pública.
(Sugerencia de validez/ejecución: toda controversia se someterá a arbitraje con laudo escrito y firma digital (IOFE); D. Leg. 1071 y Ley 27269).

Prendas/colaterales digitales. Un NFT o un token ERC-20 queda bloqueado como garantía; ante incumplimiento, la penalidad se ejecuta automáticamente. Evita retenciones injustificadas y reduce litigio. Para oponibilidad frente a terceros cuando proceda, se coordina con el régimen de garantía mobiliaria (D. Leg. 1400).

Condiciones programables. “Pago solo si el bien llega en 7 días”; “renovación de alquiler si no hay morosidad”; “liberación de garantía si no se reporta daño antes del deadline”. Si hay disputa, el contrato congela y remite a arbitraje; el laudo actualiza el estado on-chain.

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4.2. Herencias y sucesiones automatizadas

En Perú, las formas testamentarias (escritura pública, cerrado u ológrafo) rigen la validez del acto. El “testamento on-chain” funciona como anexo técnico probatorio:

  • Escritura pública que incorpora el hash del inventario de criptoactivos y reglas de distribución.
  • Fideicomiso para custodia y ejecución, con instrucción técnica al contrato inteligente.
  • Oráculo de defunción (fuente oficial) + plazo de seguridad → el contrato aplica vesting y condiciones.

Resultado: menos ambigüedad y menor litigio por ejecución, manteniendo la forma legal.

4.3. Implementación en el proceso civil peruano

  • Prueba electrónica. Hash del contrato, direcciones, timestamps y trazas de ejecución constituyen documental electrónica; la firma digital emitida en la Infraestructura
  • Oficial de Firma Electrónica (IOFE) goza de presunción reforzada (Ley 27269).
  • Ejecución sustantiva. Muchas controversias “de ejecución” desaparecen: la cláusula resolutoria ya está codificada.
  • Cautelas voluntarias. Bloqueos programados sustituyen medidas cautelares por inmovilizaciones pactadas.

4.4. Registro de propiedad y títulos digitales

La tokenización de inmuebles, vehículos y derechos autorales como NFTs aporta trazabilidad y prueba técnica. En inmuebles y vehículos, Sunarp sigue siendo el registro primario (legitimación y tracto); blockchain opera como capa de evidencia (fechas, titularidad, audit trail) y como capa operativa para custodia, gravámenes y escrow.

4.5. Arbitraje privado descentralizado

Es viable combinar un protocolo descentralizado como motor técnico-probatorio con un arbitraje formal válido en Perú:

  • Sede: Lima, Perú; idioma: español; [1/3] árbitro(s); reglamento de [Centro].
  • Laudo escrito y firma digital (IOFE).
  • El contrato inteligente consume el resultado del laudo y lo ejecuta automáticamente.
    Beneficios: tiempos, costos, neutralidad e inmediatez en el cumplimiento.

5. Adaptación al derecho peruano: base legal mínima viable

  • Ley 27269 (Firmas y Certificados Digitales). La firma digital tiene validez y eficacia equiparables a la manuscrita; la firma electrónica simple es válida con fuerza probatoria a acreditar.
  • D. Leg. 1071 (Arbitraje). Controversias patrimoniales disponibles; laudo por escrito y firma digital admisible.
  • D. Leg. 1412 (Gobierno Digital). Identidad y servicios digitales; soporte para evidencia electrónica confiable.
  • D. Leg. 1400 (Garantía Mobiliaria). Permite gravar derechos incorporales; la inscripción da oponibilidad.
  • Código Civil (formas testamentarias): el contrato inteligente no sustituye la forma; opera como anexo y mecanismo de ejecución.

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5.1. Cláusulas modelo para copiar y usar

a) Escrow programable + arbitraje

“Las Partes depositan [activo/monto] en el contrato inteligente desplegado en [red]. El pago se libera automáticamente cuando (i) el Oráculo [X] registre ‘entrega conforme’ o (ii) la Parte A confirme on-chain antes de [fecha]. Toda controversia será resuelta por arbitraje con sede en Lima, Perú, idioma español, administrado por [Centro/Reglamento], por [1/3] árbitro(s). Los árbitros emitirán laudo escrito firmado digitalmente (IOFE). El contrato inteligente integrará el laudo para liberar o revertir fondos.”

b) Arbitraje + “smart court

“Toda controversia se resolverá por arbitraje con sede en Lima, Perú, idioma español, [Centro/Reglamento], [1/3] árbitro(s). Para determinaciones técnicas, las Partes usarán [DAO/Protocolo], cuyo resultado será vinculante para los árbitros al emitir el laudo (firma digital IOFE). El contrato inteligente ejecutará lo resuelto.”

c) Sucesión de criptoactivos

“El Testador otorga testamento por escritura pública e incorpora como anexo técnico el hash del inventario de criptoactivos. Constituye fideicomiso para custodia y distribución. Verificado el fallecimiento por Oráculo [X] y transcurrido [plazo], el fiduciario instruirá al contrato inteligente ejecutar vesting y condiciones.”

d) Garantía mobiliaria sobre tokens/NFTs

“El Deudor constituye garantía mobiliaria (D. Leg. 1400) sobre [token/NFT] identificable on-chain, con inscripción en el sistema de garantías mobiliarias. El incumplimiento gatillará (i) liquidación on-chain si es lícito y posible, o (ii) realización extrajudicial según D. Leg. 1400.”

5.2. Flujos prácticos paso a paso

Arrendamiento con garantía automática

  • (1) Inquilino deposita garantía en el contrato.
  • (2) Se fija deadline y condiciones objetivas (inventario, fotos con sello temporal, inspección).
  • (3) Si no hay reporte válido antes del deadline, la garantía se libera automáticamente.
  • (4) Si hay disputa, el contrato congela fondos y remite a arbitraje.
  • (5) El laudo actualiza el estado y libera/revierte.

Compra B2B con hitos

  • Hito 1 (anticipo), Hito 2 (QA), Hito 3 (puesta en marcha).
  • Cada hito tiene condición verificable (oráculo/regla on-chain).
  • Incumplido un hito, el contrato ejecuta penalidad predeterminada.

5.3. Checklist probatorio

  • Direcciones on-chain y hash del contrato.
  • Timestamps de depósitos y ejecuciones.
  • Evidencia del oráculo (fuente, integridad, feed).
  • Laudo con firma digital (IOFE) y vínculo al contrato.
  • Cotejo pericial (si aplica) de certificados y claves.

5.4. KPIs para medir impacto

  • Tiempo: días de ejecución efectiva vs. meses de proceso.
  • Costos: notarías, gestiones y garantías inmovilizadas evitadas.
  • Tasa de disputa: % que escala a arbitraje.
  • Integridad: % con audit trail completo.

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6. Riesgos técnicos, legales y éticos

Oráculos y dependencia off-chain. Mitigar con redes de oráculos descentralizadas, fuentes múltiples y auditoría de feeds.

Vulnerabilidades de código. Auditorías, pruebas unitarias y de propiedades (Foundry/Hardhat), límites de gas, circuit breakers, pausas con multisig y —si se usan— proxies upgradeables con gobernanza voluntaria.

Jurisdicción y fuerza mayor. Cláusulas fallback (suspensión consensuada, arbitraje técnico, migración a versión segura) sin abrir puertas a intervención coactiva externa.

Sesgos y neutralidad. Simular efectos distributivos y evitar reglas con discriminación de facto.

7. Conclusión

El abogado que integre dogmática civil y arquitectura EVM no solo redactará contratos: diseñará sistemas de cumplimiento. Con una base legal peruana suficiente (firma digital, arbitraje, gobierno digital y garantías mobiliarias), es posible ejecutar acuerdos con costos y tiempos mínimos, probatorios robustos y cumplimiento automático.
La hoja de ruta es práctica: plantillas claras, flujos replicables, métricas de impacto y arbitraje con ejecución on-chain por defecto. Quien programe justicia —y no la subcontrate— liderará la transición hacia un orden más libre, eficiente y seguro.

8. Bibliografía

Escuela austríaca y filosofía jurídica

  • Hans-Hermann Hoppe, The Economics and Ethics of Private Property. Auburn: Ludwig von Mises Institute, 2006.
  • Hans-Hermann Hoppe, A Theory of Socialism and Capitalism. Auburn: Ludwig von Mises Institute, 2010.
  • Murray N. Rothbard, The Ethics of Liberty. New York: New York University Press, 1998.
  • Jesús Huerta de Soto, Socialismo, cálculo económico y función empresarial. Madrid: Unión Editorial, 2009.
  • F. A. Hayek, Derecho, legislación y libertad. Madrid: Unión Editorial, 3 vols., 2010.

Blockchain, contratos inteligentes y descentralización

  • Nick Szabo, “Formalizing and Securing Relationships on Public Networks”, 1997.
  • Vitalik Buterin, Ethereum White Paper, 2014.
  • Primavera De Filippi y Aaron Wright, Blockchain and the Law: The Rule of Code. Cambridge, MA: Harvard University Press, 2018.
  • Sunbeom So; Myungho Lee; Jisu Park; Hakjoo Lee, “VERISMART: A Highly Precise Safety Verifier for Ethereum Smart Contracts”, IEEE Symposium on Security & Privacy, 2020.
  • Pedro Antonino; Juliandson Ferreira; Augusto Sampaio; A. W. Roscoe, “Specification is Law: Safe Creation and Upgrade of Ethereum Smart Contracts”, en SEFM 2022, LNCS 13550 (Springer).
  • Kleros, Whitepaper / The Justice Protocol (2018–2021).
  • Solidity Documentation (soliditylang.org).

Marco peruano y evidencia digital

  • Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales.
  • Decreto Legislativo 1071, Ley de Arbitraje.
  • Decreto Legislativo 1412, Ley de Gobierno Digital.
  • Decreto Legislativo 1400, Régimen de Garantía Mobiliaria.
  • Código Civil peruano (arts. sobre formas testamentarias y prueba).
  • Principios registrales de Sunarp (legitimación y tracto sucesivo).

Sobre el autor: Augusto Gabriel Paucar Pereda, es estudiante de Derecho (Universidad de Lima, IV ciclo). Máster en Desarrollo Blockchain (Blockchain Accelerator). Desarrollador y auditor de smart contracts.

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