Escribe: Carlos Ramos Núñez
Desearía retomar, en los breves momentos de descanso que me depara la jornada, ciertos consejos que puedan ser útiles en su labor cotidiana no solo a los estudiantes de Derecho, sino también a los abogados que siguen maestrías y doctorados.
Hoy me ocuparé de la utilidad de la búsqueda en Google para la investigación jurídica. Debo dejar sentado que esta indagación es insuficiente si se quiere lograr una investigación seria. Este procedimiento metódico es solo una puerta de ingreso, nunca todo el coto de caza del investigador; un apoyo complementario, nunca la columna central del estudioso.
En nuestros días, todos (para utilizar un neologismo) «googleamos». De ese modo buscamos personas, instituciones, servicios, objetos e información. En la red se encontrarán datos desde relevantes hasta superfluos. ¿Esa práctica es mala? No, puede ayudar, en especial, si el estudiante carece (eso es muy común) de elementos para iniciar o avanzar una pesquisa. Se encontrarán desde textos sesudos, por ejemplo, en formato PDF o similares, pero también con ingresos no siempre confiables. Páginas como «El rincón del vago» o «Monografías.com» pueden contribuir con urgidos estudiantes de escasa experiencia, pero una utilización apresurada los llevará a preparar no solo un trabajo fallido, sino también de dudosa originalidad.
Wikipedia, que cada día se pone mejor, es también de gran ayuda, pero a condición de leer en más de un idioma. Tomen por ejemplo, la expresión «control difuso» y ciertamente aparecerá una significativa información en español, pero si intenta con «judicial review» aparecerá un mar de datos. ¿Qué hacer con ella? Sin duda, leerla y si se escribe un texto, también citarlo como exige el rigor académico. Pero, no es lo único que debería ejecutarse. Es imperioso revisar la bibliografía que se halla al pie y, ojo, allí empieza la verdadera investigación. La ubicación de las fuentes que allá se mencionan y un procesamiento eficaz colocan al investigador en una posición inmejorable.
La aplicación de Google académico permite seguir un procedimiento similar y más exacto y complementar el seguimiento con el Google libros, Google imágenes y Google audios, pero también nos conducirá al Youtube para escuchar la conferencia de algún profesor. En nuestros días observamos un enorme crecimiento, quizás desmesurado, de las fuentes de información, una auténtica selva, un gigantesco bosque. Conviene saber emplearlas y extraer de ellas el mayor provecho. Paradoja: las bibliotecas (físicas, no virtuales) persisten como fuente privilegiada de cualquier pesquisa.
Bonus
Una de las primeras tareas de un estudiante de Derecho, ciertamente, sin perjuicio de sus responsabilidades inherentes a su condición de tal, debe consistir en preparar solo o con la ayuda de sus propios compañeros o consejo de sus profesores (en especial, de aquellos que aman las letras y las artes, en verdad, no suelen ser muchos), la búsqueda en Google y Wikipedia (preferentemente en inglés), o la consulta de algún buen libro sobre Derecho y cine, como el de mi amigo, Benjamín Rivaya, «Derecho y cine en cien películas» (Madrid, Tirant lo Blanch, 2004), profesor de la Universidad de Oviedo, en colaboración con Pablo de Cimma; un pequeño repertorio de películas jurídicas (o, legales, como se llaman a los thrilles, muchos de ellos basadas en las obras de John Grisham, un verdadero gurú del género y durante un tiempo un penalista litigante, en las que el Derecho o sus protagonistas (jueces, abogados, jurados, etc.) a través de los cuales el sistema interviene, actúa, protege, atormenta o daña, constituyan el eje de la trama.
La elaboración de esa lista de filmes jurídicos no tiene por qué hacerse con apuro al punto que parezca una responsabilidad abrumadora y tediosa. Tampoco debe ser obra de un especialista ni de una materia específica, ni de un erudito cinéfilo. Que el alumno prepare con calma, satisfacción, pasión y sentimiento lúdico la relación, conforme a sus inquietudes académicas y su placer estético. Del mismo modo cómo enseñan los manuales y tratados, las artes como la literatura (de la que escribiremos en otro post) y el cine, quizás éste tanto como el teatro, con mayor elocuencia y rotundidad.


![Juez ejecuta sanción de amonestación a abogado Elio Riera por «quebrantamiento de la lex artis al formular recusación con manifiesta contravención al procedimiento» [Exp. 04633-2021-19]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/ELIO-RIERA-DOCUMENTO2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Usurpación: El bien jurídico protegido es la posesión física; por lo tanto, el sujeto pasivo es quien se encuentra en posesión directa del inmueble, sin que sea relevante el título [Casación 1592-2024, Lambayeque, f. j. 2.7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglas para aplicar la concesión de los beneficios penitenciarios: i) la ley aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme o consentida; ii) las reformas posteriores se aplican solo si son favorables; y iii) se exige una evaluación global favorable del individuo —conducta, cumplimiento de normas, etc.— (precedente vinculante) [Exp. 04235-2023-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: Errores meramente formales de la defensa técnica en el escrito impugnatorio (v. gr. ingreso del escrito en un cuaderno o numeración distintos) no justifican el rechazo del recurso, cuando hay elementos suficientes para identificar la voluntad impugnatoria [Exp. 03902-2023-PHC/TC, ff. jj. 15-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Nuevo criterio] TC: Ley penitenciaria aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme [Exp. 04235-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)


![Aprueban valor de la UIT para el año 2026 [Decreto Supremo 301-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)

![Aprueban valor de la UIT para el año 2026 [Decreto Supremo 301-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

![[VÍDEO] Esta clase del fiscal Frank Almanza combina conocimientos, experiencia y humor](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/frank-almanza-nacio-para-ensenar-fiscal-LP-324x160.jpg)