Una interpretación del derecho de acceso de justicia, acorde con los tratados de derechos humanos ratificados por el Perú, incluye no solo el acceso a la jurisdicción nacional sino tambien a la internacional [Exp. 01458-2007-PA/TC, f. j. 3]

Fundamento jurídico: 3. Este Tribunal se ha pronunciado respecto a este tema en la STC N° 5854-2005-AA/TC, estableciendo que «Tal como lo dispone el artículo 55° de la Constitución, los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional. De esta manera, los tratados sobre derechos humanos ratificados por el Estado peruano, por pertenecer al ordenamiento jurídico interno, son Derecho válido, eficaz y en consecuencia inmediatamente aplicable al interior del Estado.


[Continúa…]

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