Corte IDH: Trasladar al detenido a base militar sin ponerlo a disposición de autoridad competente, ni registrar su ingreso vulnera la libertad personal [Tenorio Roca y otros vs. Perú, f. j. 157]

Fundamento jurídico: 157. Para la Corte, la detención y el traslado del señor Tenorio Roca a la Base Militar de la Marina, instaurada en el Estadio Municipal de Huanta, privado de libertad, sin que se lo pusiera a disposición de la autoridad competente ni que se registrara su ingreso a dicha Base, constituyó evidentemente un acto de abuso de poder que bajo ningún concepto puede ser entendido como el ejercicio de actividades militares para garantizar la seguridad nacional y mantener el orden público en el territorio nacional, toda vez que el fin no era ponerlo a disposición de un juez u otro funcionario competente y presentarlo ante éste, sino ejecutarlo o propiciar su desaparición. Por ende, el Estado es responsable por la violación del artículo 7 de la Convención.


CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CASO TENORIO ROCA Y OTROS VS. PERÚ
SENTENCIA DE 22 DE JUNIO DE 2016
(Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas)

En el caso Tenorio Roca y otros,

la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “este Tribunal”), integrada por los siguientes jueces:

Roberto F. Caldas, Presidente;
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Vicepresidente;
Eduardo Vio Grossi, Juez;
Humberto Antonio Sierra Porto, Juez;
Elizabeth Odio Benito, Jueza;
Eugenio Raúl Zaffaroni, Juez, y
L. Patricio Pazmiño Freire, Juez;

presentes además,

Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y
Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta,

de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) y con los artículos 31, 32, 42, 65 y 67 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento” o “Reglamento de la Corte”), dicta la presente Sentencia, que se estructura en el siguiente orden:

[Continúa…]

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