El Tribunal Constitucional revisa en este momento el recurso de hábeas corpus a favor de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
Audiencia
La defensa Giulliana Loza cuestiona falta de argumentación en el peligro procesal por el que KeikoFujimori cumple prisión preventiva. Dice que solo son supuestos por ser líder de Fuerza Popular.
La abogada de Fujimori sostiene que solo han tenido una cadena de injusticia. Esto, pese a que la prisión preventiva “es la excepción”.
Loza hace referencia al reciente Acuerdo Plenario de la Corte Suprema que remarca los requisitos sobre la prisión preventiva y su uso “excepcional”.
El procurador Jonhy Tupayachi, quien defiende tres resoluciones judiciales de prisión preventiva en el caso, inicia sus alegatos.
Tupayachi sostiene que en este caso de Keiko Fujimori, es distintos al de Ollanta Humala y Nadine Heredia. En la primera sí hubo acceso a la defensa en todas las instancias y hasta la Corte Suprema; mientras que en el segundo caso, no.
Así, Tupayachi indicó que el proceso de hábeas corpus se desnaturalizó porque se interpuso cuando los procesos judiciales aún no concluyen en el Poder Judicial. Como fue el caso de Humala y Heredia.
La prisión preventiva de Keiko Fujimori es necesaria y proporcional en investigación a una organización política, que tiene poder para obstaculizar la investigación, argumenta Tupayachi.
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El hábeas corpus presentado por Sachie Fujimori busca lograr la libertad de su hermana y anular el mandato de prisión preventiva en su contra. Esto en el marco de las investigaciones por el presunto delito de lavado de activos como integrante de una organización criminal al interior de Fuerza Popular.
El jueves 12 de septiembre, la Corte Suprema resolvió reducir la prisión preventiva contra Keiko Fujimori de 36 a 18 meses, que se cumplirá el 30 de abril de 2020.