El Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la llamada «ley antitransfuguismo».
Gilbert Violeta, congresista oficialista, publicó en su cuenta de Twitter que la sentencia del TC declaró inconstitucional el artículo 37, inciso 5, del Reglamento del Congreso, por la violación de los derechos a libertad de conciencia, a la participación política y al principio de interdicción de mandato imperativo, sin perjuicio de la vulneración del derecho a la asociación. Se supo, además, que se declararon inconstitucionales, por conexión, los artículos 37, inciso 2, y 76, inciso, 2.3.
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En síntesis, en palabras del constitucionalista Omar Sar, los alcances de la resolución son:
- Inconstitucional la prohibición de formar nuevo grupo parlamentario por vulnerar la libertad de conciencia, el derecho de participación política y el principio de interdicción de la arbitrariedad;
- Inconstitucional por conexidad la modificatoria de los requisitos para presentar proyectos de ley;
- Infundada la demanda respecto de los reglamentos de los grupos parlamentarios en tanto se entienda que su obligatoriedad no aplica al voto de conciencia que pudieran emitir los congresistas;
- Infundada la demanda respecto del derecho de elegir de los congresistas.
Como se recuerda, el pasado 11 de agosto, el Tribunal Constitucional escuchó los informes orales de la causa 00006-2017-AI, promovida por 41 congresistas contra la Resolución Legislativa del Congreso 007-2016-2017-CR (popularmente como la «ley antitransfuguismo»), aprobada en octubre de 2016, que modifica el Reglamento del Congreso y prohíbe constituir nuevo Grupo Parlamentario ni adherirse a otro a los congresistas que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados del grupo parlamentario, partido político o alianza electoral por el que fueron elegidos.
Por la parte demandante tomaron la palabra los congresistas Yonhy Lescano, de Acción Popular y Alberto Quintanilla Chacón, del Frente Amplio. Por el otro lado, en defensa de la norma estuvieron Guillermo Llano Cisneros, procurador del Congreso de la República, y el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga León.
Ese día, la audiencia inició alrededor de las de las 10:00 a.m. y culminó a las 12:40 p.m. En las más de dos horas que duró la exposición de argumentos de una y otra parte, no faltaron momentos en que los ánimos se exaltaron un poco, sobre todo en la ronda de preguntas, lo que motivó al presidente del TC y director de la audiencia, Manuel Miranda Canales, pedir a sus pares que evitaran debates con alguna de las partes y se limitaran a formular sus preguntas.