El «Taller de Litigación Oral» de LP
Ante la implementación del NCPP y la exigencia de la oralidad en las audiencias, aún se advierten problemas en cuanto a errónea interpretación o desconocimiento de las técnicas de litigación oral durante las audiencias. Así, conscientes de la necesidad de contar con un espacio que permita la difusión de la litigación oral en nuestro país. LP, el portal jurídico más grande del Perú, se complace en anunciar la creación de un Taller de litigación oral propio.
Institución que nace del compromiso de LP con la enseñanza y capacitación constante de todos nuestros colegas, su misión consiste en brindar la formación integral que requiere el abogado de hoy en día: i) conocimiento de la norma sustantiva y procesal, ii) capacidad de argumentación y redacción, iii) destrezas en litigación oral. La especial incidencia en este último, permitirá al litigante plasmar eficazmente sus conocimientos en los alegatos y toda participación oral que realice, conocimientos que son aplicables en la oralidad que reclama el proceso laboral y que pronto también serán necesarios de aplicar en la oralidad del proceso civil. Todo esto nos permite asegurar que la misión del taller servirá para el ejercicio profesional y una mejor comprensión de la oralidad en nuestro país. Las actividades del taller consisten en:
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Clases gratuitas
- Artículos especializados
- Webinars
- Seminarios
- Simulaciones
- Y más…
¡Nuevo programa! Sábados 4:00 p.m.
Las clases gratuitas serán transmitidas en el programa que lleva el mismo nombre del taller y será conducido por Diego Valderrama Macera, formador en técnicas de litigación oral acreditado por ABA ROLI – EE. UU./México (American Bar Association Rule Of Law Initiative) y redactor de nuestra área penal.
El programa se transmitirá este y todos los sábados a partir de las 4:00 p. m. y tratará sobre la correcta aplicación de las técnicas de litigación oral tanto al momento de redactarlas como al oralizarlas.
Contenido del programa
En este programa abordaremos semana a semana, cada sábado, temas como ¿qué es la teoría del caso?, cómo elaborar cuadro de teoría del caso, cómo escoger una estrategia de defensa, litigación en audiencias preliminares, alegatos de apertura, ¿cómo escoger a un testigo?, interrogatorios, interrogatorios a menores de edad, contrainterrogatorios, contrainterrogatorios a peritos, contrainterrogatorios a testigo hostil, objeciones, tratativa de la declaración del imputado, técnica de introducción de pruebas materiales y documentales, uso de prueba demostrativa, técnica de refresco de memoria, ¿cómo evidenciar contradicciones?, entre otros.
¡Atención! Primer curso certificado
Las actividades contarán con la participación de destacados abogados, fiscales y jueces. En ese sentido, anunciamos el primer curso certificado en técnicas de litigación oral en el sistema acusatorio que será impartido por la profesora Carla Pratt Corzo.

![Aunque no se hayan alcanzado los votos requeridos para declarar la inconstitucionalidad de una norma, los jueces del PJ pueden aplicar el control judicial constitucional, si se evidencia -para el caso específico- que dicha norma resulta arbitraria o desproporcionada [Exp. 03478-2023-PA/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-3-218x150.jpg)
![Acusado fue detenido por la fuerza en Perú y embarcado en un buque para sacarlo del país: Las irregularidades en que una persona es puesta bajo custodia (secuestro forzoso) no impiden que sea juzgada una vez que está dentro de la jurisdicción del tribunal competente, porque el debido proceso se satisface con una acusación regular y un juicio conforme a ley (Estados Unidos) [Ker vs. Illinois, pp. 5, 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Vía control de convencionalidad extinguen dominio de cuatro inmuebles que estaban a nombre de personas vinculadas al caso Artemio [Exp. 00018-2023-0-5401-JR-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-justicia-juez-jueza-defensa-civil-penal-juicio-LPDerecho-218x150.jpg)
![El delito de prevaricato se comete sea que se vulnere una norma sustantiva o se quebrante una norma procesal, siempre que el enunciado normativo sea expreso y claro [Apelación 264-2024, Selva central, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suplencia: ¿es posible terminar el vínculo laboral de una trabajadora embarazada porque titular de la plaza retornó a su puesto? [Exp.-03837-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/embarazo-embarazada-gestante-gestacion-LPDerecho-218x150.png)
![Es inconstitucional ordenar el sacrificio de un animal sin un criterio objetivo que determine que tiene rabia y obviando alternativas intermedias para los casos de contagio potenciales [Exp. 20034-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

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![Aunque no se hayan alcanzado los votos requeridos para declarar la inconstitucionalidad de una norma, los jueces del PJ pueden aplicar el control judicial constitucional, si se evidencia -para el caso específico- que dicha norma resulta arbitraria o desproporcionada [Exp. 03478-2023-PA/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-3-324x160.jpg)

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