Con fecha 13 de octubre del 2017, el Consejo de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Lima, mediante Resolución 996-2017/CE/DEP/CAL, declaró fundada la denuncia planteada contra el abogado Américo José Chocano Ramírez, y le impuso como medida disciplinaria dos años de suspensión en el ejercicio de la profesión.
La denuncia interpuesta por Raúl Antonio Vicente Romero, refiere que el mencionado abogado habría tramado junto con su clienta Rosa María del Rosario Vicente Gonzáles la declaratoria de herederos tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado en Breña (sucesión intestada), con el fin de que ella sea declarada como heredera universal, dejando sin herencia a su hermano (fallecido y representado por sus hijos, y a la cónyuge supérstite); pese a que en diversas oportunidades se le comunicó la existencia de estas personas.
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Posteriormente, el abogado denunciado también obtuvo un poder absoluto para disponer de las propiedades que hacían parte de la masa hereditaria, todo con el consentimiento de su cliente Rosa María del Rosario Vicente Gonzáles. Con dicho poder abrió una cuenta mancomunada junto a su cliente, y vendieron las propiedades de manera premeditada a la señora Karina Jéssica Yupanqui Ladera y sus socios de la empresa CORPORACIÓN DE EQUIPOS INDUSTRIALES & AFINES S.A., inactiva desde hace muchos años.
Acto seguido, hipotecaron los bienes y se repartieron todo el dinero, señala el documento resolutivo. Por ello, los partícipes de estos actos han sido denunciados penalmente ante el Sexto Juzgado Penal de Lima por delito de Asociación Ilícita para delinquir y otros. Se desprende de la resolución que hipotecaron una propiedad de Breña al Banco Continental y otra, de Pueblo Libre, fue vendida a una tercera empresa cómplice de la mencionada Karina Jéssica Yupanqui Ladera.
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El abogado suspendido instruyó a su cliente Rosa María del Rosario Vicente Gonzáles de entregar la propiedad que tenía como bien propio, para que de este modo, no pueda surgir el resarcimiento del daño causado en favor de los agraviados (legítimos herederos). Además, después de disponer conjuntamente del monto de las operaciones, adquirió una camioneta que vendería al poco tiempo, evidenciando que se trataba de una venta simulada. El comprador era un exjuez de Huánuco, que tiene en su haber varias denuncias y demandas por cosa juzgada fraudulenta.
Por todas estas consideraciones, el denunciante solicitó que se le despoje de la colegiatura al cuestionado abogado. El colegiado decidió declara fundada la denuncia interpuesta contra el abogado, al encontrarse elementos contundentes que evidenciarían la transgresión de los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 45, 46, 49, 64 y 81 del Código de Ética del Abogado, imponiéndole la medida discplinaria de suspensión de 2 años en el ejercicio profesional.
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