La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) impuso una multa de 125 UIT (S/668 750) a la Clínica Delgado-Auna por haber divulgado información médica de la cantante Shakira, cuando fue atendida como paciente en febrero pasado. La sanción responde a una falta grave por violar la confidencialidad de datos de salud, según el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la institución.
SUSALUD recordó que todos los establecimientos de salud, sin distinción, están obligados a resguardar la privacidad de los pacientes, y que la revelación de diagnósticos, tratamientos o condiciones médicas sin consentimiento expreso constituye una violación a derechos fundamentales amparados por la Constitución, la Ley General de Salud y la Ley de Protección de Datos Personales.
El organismo reiteró que los datos sensibles relacionados con la salud solo pueden ser divulgados con autorización del paciente, su representante legal o familiar autorizado, advirtiendo que cualquier incumplimiento será severamente sancionado.
COMUNICADO Respecto a la reciente publicación realizada por la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) en la que se hace referencia a la Clínica Delgado, deseamos precisar lo siguiente:
● En Clínica Delgado, actuamos siempre con el mayor respeto a las normas y con un firme compromiso con la ética y la responsabilidad que nos demanda el cuidado de la salud.
● Hoy hemos sido notificados por SUSALUD con una resolución administrativa de primera instancia. Lamentamos que no se haya precisado adecuadamente que el caso aún se encuentra en proceso de revisión por parte de la misma entidad y esta no es una resolución final.
● Clínica Delgado presentará la impugnación correspondiente para que el caso sea evaluado por el Tribunal de SUSALUD, conforme lo establece el debido proceso, confiando en la solidez de los argumentos que nos respaldan. Cabe señalar que contamos con un plazo de 15 días hábiles para impugnar.
Desde Clínica Delgado, reiteramos nuestro compromiso con actuar siempre con transparencia, responsabilidad y en estricto cumplimiento de las disposiciones regulatorias vigentes.
Lima, 02 de julio de 2025
COMUNICADO
Superintendencia sanciona divulgación de datos de salud de pacientes
La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) ha impuesto sanción administrativa a la Clínica Delgado-Auna, con una multa de más de S/668 750 (Seiscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta Soles), por haberse divulgado datos de salud de la artista colombiana Shakira Isabel Mebarak Ripoll, cuando se encontraba como paciente, el pasado mes de febrero.
Cabe destacar que, la divulgación de los datos relacionados a la salud de los pacientes, constituye una falta grave, de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD.
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SUSALUD enfatiza que, toda persona usuaria de los servicios de salud, independiente de su nacionalidad, seguro, y tipo de establecimiento donde se atienda, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad, con la garantía de la confidencialidad y protección de los datos referidos a su atención.
Al respecto, la Superintendencia explica que esta protección de datos incluye información sobre diagnóstico, tratamiento y condición médica del paciente, la cual no puede ser revelada sin su consentimiento previo, de su familiar responsable o representante legal.
La garantía de este derecho tiene su amparo en la Constitución Política del Perú, la Ley General de Salud, así como la Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, que reconocen el derecho fundamental de toda persona a su dignidad, a la intimidad personal y familiar, así como, guardar la reserva de la información en salud.
De igual forma, la Ley de Protección de Datos Personales, regula el adecuado tratamiento de datos personales sensibles, cuya información está relacionada a la salud de las personas, lo cual incluye el diagnóstico, tratamiento y condición médica, estableciendo que estos datos no pueden ser divulgados sin consentimiento previo de su titular.
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