[Posición adoptada: Es posible la observación de la acusación fiscal por defectos formales, para su corrección, estas observaciones pueden realizarse por una sola vez. No es posible la observación por defectos sustanciales, en cuyo caso procede el sobreseimiento.]
ACTA DE SESIÓN PLENARIA DEL PRIMER PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL EN MATERIA PROCESAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA 2009
PARTE INTRODUCTORIA
En la ciudad de Moquegua, a las dieciocho horas del día 28 de mayo del año 2009, se reunieron en la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Apelaciones 24 magistrados de los distintos órganos jurisdiccionales de las provincias de Mariscal Nieto e llo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, para llevar a cabo el Primer Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Procesal Penal – 2009, organizado por la Comisión de Magistrados encargada de los Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales Distritales, Regionales y Nacionales de la Corte Superior de Justicia de Moquegua – Sub Comisión de Especialidad Penal, presidida por el señor Juez Superior y Presidente de la Sala de Apelaciones de Moquegua Edwin Rolando Laura Espinoza, e integrada por la Señora Juez Superior de la Sala de Apelaciones de Moquegua Ruth Daysi Cohaila Quispe, el Señor Juez del Juzgado Penal Colegiado de Moquegua Juan Guillermo Nicolas Bedoya Chanove, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de llo Arturo Valdivia Arana y la señora Juez del Juzgado Penal Colegiado de Moquegua Jackie Mariñas Zoto, todo con el objeto de arribar acuerdos sobre temas planteados, por existir criterios discordantes.
PARTE EXPOSITIVA
ETAPAS
El Pleno se llevó a cabo en dos etapas, una sesión preparatoria, realizada el día 27 de mayo del año 2009, en la que se formaron cinco grupos de trabajo y se expusieron los temas propuestos, arribando a conclusiones por cada grupo a cargo de un relator y un secretario; y una segunda sesión plenaria, realizada el día 28 de mayo del año 2009, en la que se realizó el debate de los temas, para luego proceder a la votación y llegar a los acuerdos, en la que tuvieron voto 08 Vocales Superiores.
DELIMITACIÓN DE LOS TEMAS
[…]
TEMA NRO. 4
POSIBILIDAD DE OBSERVAR DEFECTOS FORMALES Y SUSTANCIALES
EN LA ACUSACION ANTES Y DURANTE LA AUDIENCIA PRELIMINAR:
Ponente: Dr. Edwin Rolando Laura Espinoza
1.- Planteamiento del Problema:
1.1.- La Etapa Intermedia del proceso común tiene como eje central a la Audiencia Preliminar, en la que el Juez de Investigas6n Preparatoria debe calificar, según el caso, la acusación fiscal del requerimiento de sobreseimiento.
Tratándose de que el fiscal Provincial haya formulado acusación escrita, notificada la misma, los demás sujetos procesales pueden (entre otros) observar la acusación por defectos formales requiriendo su corrección, así lo establece el artículo 350 numeral 1 letra a) del CPP, sin embargo, el asunto es que la ley no se avoca a desarrollar: ¿cuales serían esos “defectos formales” pasibles de observación?.
[…]
ACUERDO
A continuación, el Presidente de la comisión, recogiendo las propuestas realizadas, sometió a votación las propuestas planteadas.
1.- Es posible la observación de la acusación fiscal por defectos formales, para su corrección, estas observaciones pueden realizarse por una sola vez. No es posible la observación por defectos sustanciales, en cuyo caso procede el sobreseimiento.
[Continúa…]
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaración y reconocimiento fotográfico practicados a un colaborador eficaz, sin participación del abogado defensor del delatado, son válidos [Casación 597-2022, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/reconocimiento-fotografico-invalido-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La empresa aseguradora (incorporada como tercero civil) está obligada a pagar la reparación civil, pero no el total, sino solo hasta el monto de la cobertura de su contrato de seguro [Casacion 2424-2022, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS-MESA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)

![Fundamento de voto: No se puede equiparar la finalidad política que tiene un partido político (participación electoral) con un propósito delictivo como promover, organizar, constituir o integrar una organización con fines ilícitos (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 25-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/FUDAMENTO-VOTO-POLITICA-ELECTORAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a colegio de La Molina por discriminar a padre residente en el Callao que tuvo interés en matricular a su hija [Res. 2423-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Multan a Claro por publicidad engañosa al afirmar que «es la red móvil más rápida del Perú» y «Cámbiate a la red móvil más rápida del Perú» [Res. 185-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/07/empresa-telefonia-claro-LPDerecho-100x70.jpg)




![Disposiciones Reglamentarias para la gestión del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales (Fondes) [DS 234-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-100x70.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Tres momentos en el proceso de nombramiento de los miembros de la JNJ: i) elaboración de las bases que ordenan el concurso público, ii) el nombramiento de los miembros titulares y suplentes en orden de mérito y iii) votación mínima favorable de cinco integrantes de la comisión [Exp. 01619-2023-PA/TC, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)