Servir ha publicado la versión 3 de la «Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la vigencia de la declaratoria de Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19» (en adelante, «la Guía»), la cual estuvo a cargo de la Presidenta Ejecutiva de SERVIR y la Gerenta de Desarrollo Del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR
La Guía contiene recomendaciones en temas vinculados a la gestión de los recursos humanos, tales como las siguientes situaciones:
1. Los nuevos retos para la gestión de las entidades públicas: en el cual se presentan algunos puntos de análisis y reflexión constante durante la Emergencia Sanitaria.
2. Las acciones previas al regreso del personal, donde se podrán encontrar recomendaciones respecto de la elaboración del Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 y la clasificación del riesgo al que podría estar expuesto el persona.
3. Modalidades de trabajo , en el cual se definen las modalidades disponibles durante la emergencia sanitaria y otras recomendaciones.
4. Control y registro de asistencia para las modalidades de trabajo descritas.
5. Pago de Planillas.
6. Disposiciones para los procesos de selección, tanto para las contrataciones directas de personal bajo el régimen CAS.
7. Como para aquellas que sean nuevas o se encuentren en curso.
8. Recomendaciones para mantener la capacitación de los/as servidores/as.
9. Información sobre la gestión del rendimiento.
10. Medidas respecto de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual tiene un protagonismo importante en este contexto sanitario.
11. Sugerencias sobre el Bienestar social.
12. Recomendaciones en relación con las disposiciones sobre las modalidades formativas.
13. Otras consideraciones adicionales para la gestión de personal.
Respecto a la seguridad y salud de los servidores, se explicó que las entidades públicas deben priorizar la elaboración y aprobación del Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo, basado en lo dispuesto por el Ministerio de Salud en los Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV2.
Por otro lado, se precisó que la modalidad de trabajo de los servidores civiles debe estar determinada por los siguientes factores:
1. Identificación de los/as servidores/as considerados dentro del Grupo de Riesgo (Anexo 02), de acuerdo con la Resolución Ministerial 193-2020/MINSA y sus modificatorias, así como la Resolución Ministerial 972-2020/MINSA.
2. Características de los bienes y servicios que brinda y de las actividades críticas para el funcionamiento de la entidad, determinando cuáles deben brindarse indefectiblemente de manera presencial.
3. Cantidad de servidores/as que realizará sus labores de manera presencial.
4. El aforo máximo permitido para los locales de la entidad, de acuerdo con los estándares de distanciamiento establecidos por el Ministerio de Salud y otras recomendaciones consideradas en la presente guía.
5. El riesgo del personal de contraer el COVID-19. Los/as servidores/as que son responsables del cuidado de personas de riesgo y/o personas en situación de vulnerabilidad.
Para el caso de servidores que realicen trabajo en modalidad mixta (alternando el trabajo presencial y remoto) que lo incluya, se proponen las siguientes recomendaciones:
1. Definir un cronograma para los jefes sobre el envío de una comunicación a la Oficina de Recursos Humanos, que sirva como reporte mensual al cumplimiento de la obligación de disponibilidad del personal a su cargo, bajo responsabilidad sobre la veracidad de la información remitida. La ORH debe generar recordatorios sobre la cercanía del vencimiento del plazo para el envío del reporte de cumplimiento.
2. El mecanismo de entrega de boletas de remuneraciones debe cambiar a medios virtuales: correo electrónico, intranet, mensajería instantánea.
3. Se debe advertir a los/as servidores/as que se encuentren en la modalidad de trabajo remoto, que esta modalidad implica la disponibilidad para el cumplimento de los encargos asignados de acuerdo con sus funciones, dentro de los plazos establecidos. Adicionalmente, debe precisarse que se deben encontrar disponibles dentro del horario laboral habitual por si se necesitara de algún encargo imprevisto.
Es necesario acotar que para el caso de trabajadores que realicen funciones de manera remota, no debe registrar su asistencia, y no es posible generar descuentos aplicables por tardanzas o faltas.
Para casos de incumplimiento de los encargos en el trabajo remoto, se recomendó que los jefes de equipos cuenten con la información que sustente el incumplimiento, así como la necesidad de asignar encargos adecuados a las condiciones de trabajo de los servidores y servidoras y su conocimiento de dicho encargo.
Aprueban, por delegación, la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19” versión 3
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000006-2021-SERVIR/PE
Lima, 19 de enero de 2021
Visto; el Informe Técnico Nº 00004-2021-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado con la finalidad de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil peruano;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19, estableciéndose que en el caso de los centros laborales públicos y privados se deben adoptar medidas de prevención y control sanitario para evitar la propagación del COVID-19, debiendo las instituciones públicas, entre otros actores, coadyuvar en la implementación de lo dispuesto en dicha norma y de las disposiciones complementarias que se emitan. Este plazo ha sido sucesivamente prorrogado por los Decretos Supremos N° 020, 027 y 031-2020-SA;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, en el artículo 16 regula la figura del Trabajo Remoto, que se caracteriza por la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domiciliario, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita;
Que, con Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, se aprueban los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el Covid-19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”, cuya Segunda Disposición Complementaria Final establece que la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR emita la normativa complementaria que corresponda, en el marco de sus competencias, para la mejor aplicación de lo dispuesto en los referidos Lineamientos;
Que, el literal c) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y modificatorias, señala que SERVIR, en su condición de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, tiene como atribución: “Establecer metodologías, procedimientos e instrumentos que deben aplicar o utilizar las entidades”;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, y modificatorias, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos es el órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas de gestión de los recursos humanos, mediante el desarrollo y fortalecimiento de capacidades de las Oficinas de Recursos Humanos y el desarrollo de herramientas que contribuyan al proceso de implementación, y tiene por función diseñar y desarrollar procedimientos, mecanismos y herramientas para la implementación de las políticas de gestión de los recursos humanos;
Que, en atención a dicha habilitación normativa, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000030-2020-SERVIR-PE se aprobó, por delegación, la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19”. Asimismo, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000077-2020-SERVIR-PE se aprobó, por delegación, su versión 2;
Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM, establece que el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales dentro del ámbito de sus competencias y en permanente articulación, continuarán promoviendo y/o vigilando un conjunto de prácticas saludables y actividades necesarias para afrontar la emergencia sanitaria, de acuerdo a las recomendaciones de la Autoridad Sanitaria Nacional, en lo que corresponda;
Que, mediante el documento de visto la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, manifiesta que, como consecuencia de la emisión y modificación de las normas vinculadas a la referida guía, se hace necesaria su adecuación y actualización. De igual manera indica que resulta necesaria la aprobación de la actualización de la guía propuesta – versión 3, con el fin de actualizarla y facilitar que todas las oficinas de recursos humanos puedan contar con lineamientos de trabajo actualizados en el desarrollo de sus procesos críticos de recursos humanos, en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por covid-19;
Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión Nº 017-2017, del 20 de julio de 2017, aprobó la delegación de funciones a la Presidencia Ejecutiva de SERVIR, entre otros, para la aprobación de Manuales y Guías que regulen los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, acto que se formalizó mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 140-2017-SERVIR-PE;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y modificatorias; Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y modificatorias; Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 140-2017-SERVIR-PE.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar, por delegación, la “Guía operativa para la gestión de recursos humanos durante la emergencia sanitaria por el COVID-19” versión 3, que en Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”; y, de la presente Resolución y su Anexo en el Portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA
Presidenta Ejecutiva
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