Una estudiante denunció a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC) ante Indecopi tras ser expulsada por presunto plagio en un Placement Test del Centro de Idiomas. Según la denunciante, la universidad aplicó un reglamento incorrecto, lo que vulneró sus derechos como consumidora.
Durante el proceso, la UPC defendió su decisión argumentando que su reglamento académico permitía la expulsión. Sin embargo, la estudiante sostuvo que el examen pertenecía al Centro de Idiomas y debía regirse por sus propias normas. La falta de claridad sobre qué reglamento aplicar generó una controversia sobre el debido proceso y el derecho a la información.
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Tras evaluar el caso, Indecopi determinó que la universidad utilizó un reglamento inapropiado para sancionar a la estudiante. Aunque se confirmó que hubo plagio, se concluyó que la expulsión no se ajustó a las normas correspondientes, afectando los derechos de la alumna y vulnerando el principio de idoneidad en la educación.
Como medida correctiva, Indecopi ordenó la reincorporación de la estudiante a la universidad para que pueda continuar con sus estudios. Además, sancionó a la UPC con una multa de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
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SUMILLA: Se revoca la Resolución 0976-2023/CC2, en el extremo que declaró infundada la denuncia interpuesta en contra la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. por presunta infracción del artículo al artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor; y, en consecuencia, se declara fundada la misma. Esta decisión se adopta porque separó indebidamente a la denunciante de su institución educativa, ya que le aplicó un reglamento que no correspondía.
SANCIÓN: 1 UIT
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0005-2024/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0913-2022/CC2
PROCEDENCIA: COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO: DE PARTE
DENUNCIANTE: XXXX
DENUNCIADO: UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS S.A.C.
MATERIAS: IDONEIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO
ACTIVIDAD: ENSEÑANZA SUPERIOR
Lima, 10 de enero de 2024
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 4 de agosto de 2022, la señora XXXX presentó una denuncia contra Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. -la Universidad- por presunta infracción a la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor -el Código-, manifestando lo siguiente:
i) Que, el 12 de abril de 2022 le notificaron de un proceso disciplinario iniciado en su contra por haber cometido plagio en el examen de “Placement Test”.
ii) Que, en la audiencia realizada en el procedimiento disciplinario abierto por la universidad reconoce su responsabilidad de haber cometido plagio en el curso de prueba de definición de niveles “Placement Test”, que toma el área de Idiomas de la Universidad “We Talk UPC”, establecido en el numeral 11 del Reglamento del Centro de Idiomas.
iii) Que, se la sancionó con expulsión definitiva de la universidad aplicando el Reglamento de la universidad SICA-REG-26, pese a que la falta cometida fue en el Centro de Idiomas “We Talk UPC” y por lo tanto se le debió aplicar el reglamento de dicho programa de inglés
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