El juez Manuel Antonio Chuyo Zavaleta renunció repentinamente a ser titular del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la recién constituida Corte Superior de Justicia de Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.
Fue este juez quien, en agosto de 2018, dictó 36 meses de prisión preventiva a trece de los presuntos integrantes de «Los Cuellos Blancos del Puerto». Asimismo, en diciembre del año pasado, desestimó el pedido fiscal de 36 meses de prisión preventiva para Edwin Oviedo por dicho caso.
Del mismo modo, hace pocos días concedió la petición de variación de domicilio de la exalcaldesa de Lima Susana Villarán, investigada por el equipo especial Lava Jato de recibir supuestos aportes a su campaña para la No Revocatoria por parte de Odebrecht en el 2013.
De acuerdo a la Resolución Administrativa Nº 093-2019-CE-PJ, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, Manuel Chuyo habría dimitido al puesto por razones «estrictamente familiares, personales y académico profesionales».
En la resolución se precisa que “la gran mayoría de los expedientes a su cargo corresponden a medidas limitadas y restrictivas de derechos en la etapa de investigación preliminar y algunos procesos en la etapa de investigación preparatoria, bajo la dirección del Ministerio Público y no del Poder Judicial”.
¿Quién lo reemplazará?
Se establece que Jorge Luis Chávez Tamariz reemplazará a Chuyo Zavaleta en el despacho del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.
Igualmente, se precisa que Chuyo Zavaleta retornará a su plaza de origen, esto es, como juez titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 093-2019-CE-PJ
Lima, 27 de febrero de 2019
VISTOS:
La solicitud de renuncia presentada por el señor Manuel Antonio Chuyo Zavaleta, Juez del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; los Oficios Nros. 135, 167, 222 y 239-2019-P-CSJE-PJ cursados por la señorita Presidenta provisional de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; y, el Informe N° 02-2018-CN-SEDCF-CSJEDCOyCF/PJ, elaborado por el Coordinador del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la mencionada Corte Superior.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ de fecha 12 de diciembre de 2018, entre otras medidas administrativas, se constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con competencia nacional.
Segundo. Que con fecha 9 de enero de 2019, el señor Manuel Antonio Chuyo Zavaleta, Juez del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, expresa su voluntad de declinar al cargo que venía desempeñando por razones estrictamente familiares, personales y académico profesionales, la cual, según refiere, no afectará el proceso de reestructuración y adaptación dispuesto en la resolución administrativa antes mencionada, en tanto el juzgado que está a su cargo no tiene procesos en etapa intermedia; habiéndose tramitado en dicha etapa el Expediente N° 44-2015, próximo a ser culminado el juicio oral. Precisa que la gran mayoría de los expedientes a su cargo corresponden a medidas limitativas y restrictivas de derechos en la etapa de investigación preliminar y algunos procesos en la etapa de investigación preparatoria, bajo la dirección del Ministerio Público y no del Poder Judicial (etapa intermedia).
El juez peticionante agradece su designación a este Órgano de Gobierno, precisando que continuará desempeñándose como Juez titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Tercero. Que por resolución del 9 de enero de 2019, se solicitó a la señorita Presidenta provisional de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios que informe respecto al número de procesos que tiene a su cargo el juez recurrente y el estadio en que se encuentran. Al respecto, mediante Oficio N° 167-2019-P-CSJE-PJ se remitió los informes de los Especialistas de Investigación Preparatoria y Juzgamiento, que contiene el estado actual y el número de procesos a cargo del Juez Manuel Antonio Chuyo Zavaleta.
Posteriormente, mediante resolución de fecha 23 del mismo mes y año, entre otras disposiciones, se solicitó que se precise en qué procesos se encuentra obligado a intervenir el mencionado juez, si se acepta la renuncia presentada. Mediante Oficio N° 239-2019-P-CSJE-PJ se remitió el Oficio N° 00027-2019-ADM/CSJCOCF/PJ en el que se da cuenta que el señor Manuel Antonio Chuyo Zavaleta no se encuentra obligado a intervenir en los procesos a su cargo, toda vez que éstos se encuentran en investigación preparatoria, siendo los requerimientos que viene tramitando los formulados por los sujetos procesales; asimismo, no tiene instaurado procesos en etapa intermedia.
Así, también, se remite el Oficio N° 06-2019/3°JNIP-SEDCF-MACHZ por el cual el Juez Chuyo Zavaleta pone en conocimiento que conforme a la Ley Procesal Penal a nivel de la investigación preparatoria y etapa intermedia, no se encuentra obligado a intervenir o continuar en los procesos penales e incidentes que se han venido tramitando en su despacho.
Cuarto. Que, en tal contexto, se encuentra acreditado que la renuncia formulada por el Juez Manuel Antonio Chuyo Zavaleta no afectará el servicio de administración de justicia, en tanto no tiene procesos en etapa intermedia, ni se encuentra obligado a intervenir en los procesos que tenía a su cargo, toda vez que se encuentran en etapa de investigación preparatoria; por lo que, resulta procedente aceptar la renuncia del mencionado juez al cargo asignado.
Quinto. Que, asimismo, se remitió el Informe N° 02-2018-CN-SEDCF-CSJEDCOyCF/PJ, en el cual se propone al señor Jorge Luis Chávez Tamariz, Juez titular del Sexto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Santa (Chimbote), Corte Superior de Justicia del Santa, como Juez del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, ante la renuncia del señor Manuel Antonio Chuyo Zavaleta.
Sexto. Que evaluada la hoja de vida del señor Jorge Luis Chávez Tamariz, en consonancia con sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional y méritos profesionales, resulta pertinente su designación como Juez del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.
Sétimo. Que estando a lo previsto en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial que determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia, corresponde dictar las medidas administrativas pertinentes, a fin de evitar la afectación al servicio de administración de justicia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 273-2019 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Manuel Antonio Chuyo Zavaleta al cargo de Juez del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; agradeciéndole por los servicios prestados a la institución; quien deberá retornar a la Corte Superior de Justicia de Lima, de la cual es titular.
Artículo Segundo.- Designar al señor Jorge Luis Chávez Tamariz, Juez titular del Sexto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Santa (Chimbote), Corte Superior de Justicia del Santa; para que se desempeñe como Juez del Tercer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.
Artículo Tercero.- Disponer que la designación efectuada no debe generar el quiebre o afectación a las audiencias en giro en el órgano jurisdiccional de origen. En consecuencia, el mencionado juez, de ser el caso, deberá asistir a las audiencias programadas con su intervención.
Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano; y la Presidenta de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, supervisará su debido cumplimiento.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, Cortes Superiores de Justicia de Lima y Santa, jueces mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
1751617-2


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