El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) aprobó el Reglamento de emisión de padrones de electores para elecciones primarias, con el objetivo de establecer los lineamientos para la elaboración de padrones de afiliados y no afiliados de las organizaciones políticas inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (ROPJNE).
Esta medida busca garantizar la adecuada identificación de los votantes en las elecciones primarias, que definirán las candidaturas para los comicios generales, regionales y municipales.
El Reglamento detalla las responsabilidades de diversas entidades, como el Reniec, que será responsable de elaborar el padrón electoral con la información proporcionada por el JNE. Se prevé que la recopilación de datos se realice de manera técnica y digital, garantizando la integridad y precisión de la información.
Asimismo, se definen los plazos y procedimientos para la elaboración de los padrones, enfatizando la necesidad de resolver inconsistencias de datos en tiempos estipulados. Las elecciones primarias se podrán llevar a cabo mediante modalidades que incluyen votación universal de los afiliados y elecciones a través de delegados.
Con esta normativa, el JNE y las organizaciones políticas podrán crear un proceso electoral inclusivo y funcional, que permita a los ciudadanos ejercer su derecho a elegir de manera efectiva.
• Revise también la Ley Orgánica de Elecciones [actualizada 2025]
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Aprueban el Reglamento RE-004-DRE/001 “Emisión de Padrones de Electores para Elecciones Primarias”, primera versión
Resolución Jefatural N° 000049-2025/JNAC/RENIEC
Lima, 5 de marzo del 2025
VISTOS:
El Informe Nº 000066-2025/DRE/RENIEC (28FEB2025) de la Dirección de Registro Electoral; el Memorando N° 000218-2025/OPPM/RENIEC (04MAR2025), de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000043-2025/OPPM/UMO/RENIEC (04MAR2025) de la Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000274-2025/OAJ/RENIEC (04MAR2025), de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, encargado entre otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece como finalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos;
Que de igual forma, el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, precisa como objetivos prioritarios el de “Garantizar políticas públicas que respondan a las necesidades y expectativas de las personas en el territorio”, el de “Mejorar la gestión interna en las entidades públicas”, el de “Fortalecer la mejora continua en el Estado” y el de “Garantizar un gobierno abierto que genere legitimidad en las intervenciones públicas”;
Que la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, tiene como propósito cautelar y fortalecer los sistemas administrativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior; en concordancia con la Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno con el objetivo principal de propiciar el fortalecimiento de los sistemas de control interno y mejorar la gestión pública; y, la Resolución de Contraloría N° 0146-2019-CG, que aprueba la Directiva N° 006-2019-CG-INTEG sobre “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado”, como precepto regulador del procedimiento para implementar el Sistema de Control Interno en las entidades del Estado, así como las normas que dicten los órganos rectores de los sistemas administrativos;
Que los diversos órganos y unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos normativos o en otros casos, se dejen sin efecto, con la finalidad de mejorar u optimizar las labores de cada una de ellas;
Que el literal e) del sub numeral 7.1.1 del numeral 7.1 de la Directiva DI 001-OPPM/001, denominada “Documentos Normativos del RENIEC”, aprobada con Resolución Secretarial N° 000084-2024/SGEN/RENIEC (08JUL2024), establece que el órgano formulador elabora los PDN necesarios para el normal desarrollo de sus actividades, a partir de normas vigentes, a iniciativa del órgano o unidad orgánica que tenga competencia en la materia a regular, en coordinación con las unidades orgánicas involucradas;
Que en ese contexto y mediante el documento de vistos, la Dirección de Registro Electoral, en virtud a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), propone la aprobación del documento normativo: Reglamento “Emisión de Padrones de Electores para Elecciones Primarias”, primera versión, cuyo objeto es establecer los lineamientos para la emisión de los padrones de electores de afiliados y no afiliados, de las organizaciones políticas inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones – ROPJNE; para las elecciones primarias a las que serán sometidas las candidaturas de las diversas organizaciones políticas que participen en las Elecciones Generales o Elecciones Regionales y Municipales;
Que en mérito a ello, la Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su condición de órgano técnico especializado de la institución, ha emitido opinión favorable respecto a la aprobación del Documento Normativo propuesto por lo que procedió a la codificación del mismo de acuerdo al siguiente detalle: Reglamento RE-004-DRE/001 “Emisión de Padrones de Electores para Elecciones Primarias”, primera versión;
Que en ese contexto, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el documento de vistos, señala que el proyecto de RE-004-DRE/001 “Emisión de Padrones de Electores para Elecciones Primarias”, primera versión, presenta la consistencia legal pertinente; correspondiendo que sea aprobado por Resolución Jefatural;
Estando a la propuesta de la Dirección de Registro Electoral y a lo opinado por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica, conforme con el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento RE-004-DRE/001 “Emisión de Padrones de Electores para Elecciones Primarias”, primera versión, propuesto por la Dirección de Registro Electoral, que en anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Registro Electoral el cumplimiento de lo dispuesto y a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión del contenido de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- La presente Resolución Jefatural se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec) y su anexo en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
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