Reasignan investigación contra Patricia Benavides al despacho de la Fiscalía de la Nación [Res. 2612-2024-MP-FN]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 14 de noviembre de 2024

Mediante la Resolución 2612-2024-MP-FN, se reasigna la investigación preliminar del caso contra la exfiscal Patricia Benavides, al despacho de la Fiscalía de la Nación. Este cambio ocurre tras la designación de Delia Milagros Espinoza Valenzuela como la nueva fiscal de la Nación, quien reasume la competencia sobre las investigaciones de altos funcionarios, según lo establece el artículo 99 de la Constitución.

La resolución también otorga a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos la competencia para continuar con la investigación preliminar, la etapa intermedia y el juzgamiento de este caso y sus vinculados. Asimismo, la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria tendrá la responsabilidad de revisar solicitudes judiciales relacionadas, como consultas y exclusiones de fiscales.


Dejan sin efecto las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 024-2024-MP-FN y N° 1267-2024-MP-FN, y dictan otras disposiciones

Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2612-2024-MP-FN

Lima, 13 de noviembre de 2024

CONSIDERANDO:

Primero: El artículo 1 de la Ley N° 27399 establece que corresponde al Fiscal de la Nación realizar la investigación preliminar previo al procedimiento de acusación constitucional contra altos funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Perú.

Segundo: Mediante la Resolución N° 001-2023-MP-FN de fecha 15 de diciembre de 2023, el Fiscal de la Nación (i) Juan Carlos Villena Campana se excusó del conocimiento de la investigación contra la ex Fiscal de la Nación Liz Patricia Benavides Vargas, signada como carpeta fiscal N° 1228-2023, debido a su posible calidad de testigo, derivando así los actuados a la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos.

Tercero: Posteriormente, mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 024-2024-MP-FN de fecha 4 de enero de 2024 y N° 1267-2024-MP-FN de fecha 28 de mayo de 2024, se precisó la competencia de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, para conocer los hechos vinculados a la carpeta fiscal N° 1228-2023 y conexas vinculadas a la misma.

Cuarto: Con fecha 31 de octubre de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 058-2024-MP-FN-JFS, mediante la cual se oficializa la elección de la fiscal suprema titular Delia Milagros Espinoza Valenzuela como Fiscal de la Nación, para el periodo 2024-2027; y, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2602-2024-MP-FN de fecha 8 de noviembre de 2024, se da por concluida su designación en el despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos.

Quinto: Con la designación de la nueva Fiscal de la Nación, Delia Milagros Espinoza Valenzuela, corresponde derivar los casos en investigación preliminar de la carpeta fiscal N° 1228-2023 y conexos o derivados de la misma, al Despacho de la Fiscalía de la Nación, conforme a Ley.

Sexto: Que el artículo 450.2 del Código Procesal Penal establece que la investigación preparatoria y el juzgamiento de altos funcionarios, conforme al artículo 99 de la Constitución Política del Perú, están a cargo de la Fiscalía Suprema y de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente. Asimismo, dispone que el Fiscal de la Nación debe designar a los fiscales supremos responsables de estas etapas.

Sétimo: Que el artículo 454 del Código Procesal Penal establece que corresponde a un fiscal supremo y a la Corte Suprema el conocimiento de los delitos de función atribuidos a los miembros del Consejo Supremo de Justicia Militar, jueces y fiscales superiores, y al Procurador Público, así como a otros funcionarios que señale la ley. En estos casos, la Sala Penal de la Corte Suprema designará al Juez de Investigación Preparatoria y a la Sala Penal Especial encargada del juzgamiento y del conocimiento de los recursos de apelación contra las decisiones emitidas por el juez de investigación preparatoria. El Fiscal de la Nación, por su parte, debe designar a los fiscales supremos responsables de las etapas de investigación preparatoria y de enjuiciamiento.

Octavo: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 833-2023-MP-FN de fecha 5 de abril de 2023, se determinó y precisó el ámbito funcional, entre otras, de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, señalando que, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1550-2019-MP-FN, de fecha 5 de julio de 2019, dicha fiscalía integra el Equipo Especial de Fiscales del caso denominado “Cuellos Blancos del Puerto”.

Noveno: Atendiendo a que en la carpeta fiscal N° 1228-2023, se vienen investigando a una presunta organización criminal que estaría integrada, entre otros, por altos funcionarios públicos; resulta menester designar a la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos para que continúe con la etapa de investigación preparatoria, etapa intermedia intermedia, juicio oral e impugnatoria, según corresponda, respecto a la precitada carpeta fiscal, así como las conexas o derivadas de la misma.

Décimo: Asimismo, la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos también será competente para conocer la investigación preliminar, preparatoria, etapa intermedia, juicio oral e impugnatoria, en las investigaciones seguidas contra magistrados u otras personas vinculadas por unidad de la investigación con relación a hechos ilícitos vinculados o conexos que guarden relación con la presunta organización criminal investigada en la carpeta fiscal N° 1228-2023.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con el numeral 2 del artículo 63 del Código Procesal Penal;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 024-2024-MP-FN de fecha 4 de enero de 2024 y N° 1267-2024-MP-FN de fecha 28 de mayo de 2024; y, por consiguiente, la carpeta fiscal N° 1228-2023 y los casos conexos que se encuentran en investigación preliminar ante la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por funcionarios públicos deben ser derivados al Despacho de la Fiscalía de la Nación.

Artículo Segundo.- Modificar el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 833-2023-MP-FN de fecha 5 de abril de 2023, agregándose el literal i) al punto 1.5, a fin de ampliar la competencia de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, para que además de los casos asignados sea competente para:

“i. Conocer la investigación preparatoria, etapa intermedia y juzgamiento de los delitos de función, criminalidad organizada u otros vinculados, atribuidos a los funcionarios públicos aforados comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado y personas vinculadas por unidad de la investigación comprendidos en los hechos relacionados con la carpeta 1228-2023 y casos conexos o derivados, conforme al artículo 450, inciso 2 del Código Procesal penal

Conocer la investigación preliminar, investigación preparatoria, etapa intermedia y juzgamiento de los delitos de función, criminalidad organizada u otros vinculados de los funcionarios comprendidos en el artículo 454 del Código Procesal Penal y personas vinculadas por unidad de la investigación que guarden relación con la carpeta fiscal N° 1228-2023, conexas o derivadas,

Asimismo, en adición a sus funciones, también conoce de los recursos de apelación contra las resoluciones emitidas por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria y la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República a cargo de la etapa de juzgamiento sobre los casos originados de la carpeta fiscal N° 1228-2023, casos conexos o derivados de aquella, asi como los recursos extraordinarios de casación y etapa de ejecución.

Artículo Tercero.- Disponer que la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, en adición a sus funciones, conozca los casos de elevación de actuados, forzamiento de la acusación (elevaciones de consultas judiciales) y las exclusiones de fiscales que se generen en la carpeta fiscal Nº 1228-2023 y los casos conexos a ella.

Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier disposición anterior que contradiga lo establecido en la presente resolución.

Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Primera Fiscalía Suprema en lo Penal, Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Fiscalía Suprema de Familia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Coordinaciones Nacionales de Fiscalías Penales Especializadas y Equipos Especiales de Fiscales, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Control de Productividad Fiscal, Oficina de Racionalización y Estadística, y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación

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