Comunicado emitido por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Así como esta, otras casas de estudios van a reunirse para decidir si continuarán con el dictado de las clases.
Como se sabe, el riesgo de contagio es mayor en lugares donde hay gran concentración de personas. Por ello, se ha decidido postergar el inicio de clases en colegio públicos y privados hasta el 30 de marzo; sin embargo, en el caso de universidades, al ser autónomas, cada cual deberá evaluar el riesgo y adoptar más medidas adecuadas para no exponer a los estudiantes, profesores y trabajadores.
Reprogramación del inicio del semestre 2020-1 y suspensión de actividades lectivas en la PUCP
A nuestra comunidad universitaria:
El día de hoy, el presidente Martín Vizcarra aprobó un Decreto de Urgencia con medidas extraordinarias para combatir la propagación del COVID-19 (coronavirus). Entre ellas, se encuentra la postergación del inicio del año escolar hasta el 30 de marzo con el objetivo de proteger la salud de todos los peruanos.
Como medida de prevención, y en consonancia con las acciones del Gobierno, hemos decidido reprogramar el inicio de clases del semestre 2020-1, en pregrado y posgrado, hasta el lunes 30 de marzo. También suspenderemos, desde el 12 hasta el 29 de marzo inclusive, todas las actividades lectivas de formación continua en todas nuestras unidades académicas, y en todos nuestros centros e institutos.
En lo referido a los diversos eventos programados durante los próximos 15 días, comunicaremos oportunamente sobre su postergación o cancelación.
Asimismo, invocamos a los visitantes internacionales, estudiantes de intercambio y cualquier miembro de la comunidad que hayan llegado en los últimos días de España, Italia, Francia y China, permanezcan en aislamiento sanitario por un período de 14 días desde la salida de dichos países, según lo dispuesto por el Ejecutivo.
Para mantenerse informado, consulte nuestros canales oficiales: el correo electrónico PUCP, nuestra página web, y nuestras cuentas en Facebook, Instagram, Twitter y LinkedIn.
Tomamos esta decisión para salvaguardar la salud de nuestra comunidad universitaria y afrontar esta pandemia de manera solidaria, responsable y organizada, y apoyar al país en contener su propagación.
Reiteramos el llamado a la calma y a la prevención. Pedimos a nuestra comunidad seguir las recomendaciones del Minsa y del Minedu, e informarse por canales oficiales.
La PUCP pone a disposición del país el conocimiento y las capacidades de nuestros especialistas y docentes para hacer frente a esta pandemia.
Lima, 11 de marzo del 2020
Rectorado

![No puede confundirse la exigencia de completitud y especificidad del relato fáctico de una formalización con una exhaustividad extrema —minuciosa, detallada o pormenorizada— de las circunstancias precedentes, concomitantes o posteriores, las cuales, incluso, pueden integrarse en la acusación, siempre que se mantengan los mismos hechos constitutivos del tipo penal [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 57-58]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)
![Se vulneran el principio de imputación necesaria y el derecho de defensa si se permite una especie de investigación penal prospectiva al emplearse, en la formalización, una fórmula vaga o genérica de la «ventaja o beneficio» a favor de un fiscal —elemento del delito de cohecho activo específico—, con indicación de los elementos de investigación que lo corroboran [Exp. 49-2025-54, ff. jj. 48-51]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/POST-Eliseo-Giammpol-Taboada-Pilco-con-firmas-LPDerecho-218x150.jpg)
![Es inválido el registro vehicular realizado durante el control de identidad si no existía ningún dato objetivo que permitiera suponer a los policías que los intervenidos ocultaban en el vehículo bienes relacionados con un delito [Exp. 5844-2019-8, ff. jj. 31-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)


![TC precisa su entendimiento sobre maternidad subrogada: (i) total, la mujer gesta y alumbra un bebé aportando su propio óvulo y (ii) parcial, la mujer gesta y alumbra un bebé fecundado con un óvulo de otra mujer; en ambos casos entrega el bebé a quienes la contrataron [Exp. 01367-2019-PA/TC, ff. jj. 37-38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-1-218x150.jpg)
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![Mininter actualiza protocolo de actuación entre la PNP y Migraciones para expulsión de extranjeros en situación irregular [Resolución Ministerial 2384-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
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