El Poder Judicial puso a disposición de l comunidad jurídica el Anteproyecto de la Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, que fue supervisado por la Comisión designada mediante Acuerdo 75-2019 de Sala Plena, presidida por el Dr. Francisco Távara Córdova e integrada por la Dra. Elvia Barrios Alvarado y el Dr. Josué Pariona Pastrana, jueces titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República.
El anteproyecto cuenta con un título preliminar y siete títulos que regulan los órganos jurisdiccionales, la actividad jurisdiccional, el régimen del juez y el trabajador judicial, el gobierno y la administración, el órgano de control, otros órganos y la estructura orgánica del Poder Judicial.
Sobre el gobierno judicial se han incluido modificaciones trascendentales sobre la configuración del gobierno judicial distrital, las competencias de los órganos de gobierno nacionales y la regulación de las comisiones, grupos de trabajo, entre otros.
Los aportes deben ser concisos, indicando expresamente el artículo del anteproyecto sobre el que se hace el comentario y la formula legal que se propone en su lugar.
El Grupo de Trabajo del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial recibirá todos los aportes y los procesará bajo la supervisión de la Comisión. Por lo tanto, deben remitirse dentro de los 15 días calendarios siguientes a partir del presente, en formato Word, mediante correo electrónico (Asunto: Aportes NLOPJ), dirigido a la Abg. Teresa Valverde Navarro ([email protected]), coordinadora general del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial.
INDICE
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. Antecedentes
2. Justificación y objetivo de la propuesta
3. Propuestas normativas del Anteproyecto
TÍTULO PRELIMINAR
TÍTULO I. ÓRGANOS JURISDICCIONALES
Capítulo I. Salas de la Corte Suprema
Capítulo II. Las Salas de las cortes superiores
Capítulo III. Juzgados especializados y mixtos
Capítulo IV. Juzgados de Paz Letrados
Capítulo V. Normas comunes de los Juzgados de Paz Letrados
Capítulo VI. Juzgados de Paz
Capítulo VII. Subsistemas especializados
TÍTULO II. ACTIVIDAD JURISDICCIONAL
Capítulo I. Actividad jurisdiccional y criterios jurisprudenciales
Capítulo II. Jurisdicción y competencia
Capítulo III. Las actuaciones judiciales
Capítulo IV. El despacho judicial
Capítulo V. El expediente judicial
Capítulo VI. Resolución de las causas
Capítulo VII. Exhorto
Capítulo VIII. Notificaciones
Capítulo IX. Distribución material de órganos jurisdiccionales
Capítulo X. La defensa ante el Poder Judicial
Capítulo XI. Órganos y personas auxiliares de la función jurisdiccional
Subcapítulo 1. Peritos judiciales
Subcapítulo 2. Otros órganos y personas auxiliares de la jurisdicción
TÍTULO III. RÉGIMEN DEL JUEZ Y DEL TRABAJADOR JUDICIAL
Capítulo I. Derechos, deberes, facultades y responsabilidades del juez
Capítulo II. Régimen de los jueces
Capítulo III. Régimen del trabajador judicial
TÍTULO IV. GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL PODER JUDICIAL
Capítulo I. Gobierno del Poder Judicial
Subcapítulo 1. El gobierno judicial
Subcapítulo 2. La Presidencia del Poder Judicial
Subcapítulo 3. La Sala Plena de la Corte Suprema
Subcapítulo 4. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
Capítulo II. Administración nacional del Poder Judicial
Subcapítulo 1. Administración Judicial
Subcapítulo 2. Gerencia General
Subcapítulo 3. Oficina de Infraestructura Judicial
Capítulo III. Gobierno y administración del distrito judicial
Capítulo IV. Órganos de coordinación y trabajo
TÍTULO V. ÓRGANO DE CONTROL DEL PODER JUDICIAL
TÍTULO VI. OTROS ÓRGANOS
TÍTULO VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
-DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEROGATORIAS
[Continúa…]

![No es correcto afirmar que no se realizó la lectura integral de la sentencia si, en audiencia anterior, a pedido del fiscal —como único asistente—, se dio lectura a la parte resolutiva y se solicitó notificar la decisión íntegra vía casilla electrónica [Casación 3317-2023, Ucayali ff. jj. 10.4-10.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el tribunal vulneró el principio de congruencia al pronunciarse sobre la afectación psicológica cuando en la acusación se imputó el art. 122-B del CP en el extremo de lesiones físicas, ello no determina por sí solo la nulidad, máxime si, excluido dicho error, subsiste el delito en el extremo de lesiones físicas [Apelación 324-2023, Puno, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Revisión de sentencia: No se está ante sentencias vinculadas inconciliables, si las mismas responden a diferentes imputaciones (violación sexual de menor, de un lado; y proxenetismo, de otro) [Revisión de sentencia NCPP 45-2022, Lima, f. j. 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)





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![Tres elementos para la configuración de la competencia desleal como falta grave [Casación 7377-2023, Junín]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)


![Los docentes universitarios contratados, incluso a plazo indefinido, no tienen derecho a la reposición si no ingresaron por concurso público de méritos, correspondiéndoles únicamente la indemnización [Cas. Lab. 5148-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El principio según el cual «no hay pena sin dolo o culpa» (recogido en el art. 12 del Código Penal de 1991) exige que el actor haya actuado con voluntad de afectar bienes jurídicos (caso Marcelino Tineo Silva) [Exp. 00010-2002-AI/TC, f. j. 62]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

