Mediante la Resolución Ministerial 562-2021-MTC/01, prorrogan por 15 días la suspensión de vuelos provenientes de Brasil, Sudáfrica y la India.
Prorrogan la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de Sudáfrica, de la República Federativa de Brasil y de la República de la India
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 562-2021-MTC/01
Lima, 14 de junio de 2021
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la misma que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020- SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA; hasta el 02 de setiembre de 2021;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 184-2020- PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19, el cual ha sido prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, N° 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, N° 058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM y N° 105-2021-PCM, este último por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del martes 01 de junio de 2021;
Que, en el marco de la normativa vigente y aplicable, así como a la situación epidemiológica de la COVID-19, mediante la Resolución Ministerial N° 216-2021-MTC/01,
se suspende desde el 15 hasta el 31 de marzo de 2021, los vuelos de pasajeros provenientes del Reino Unido, de la República de Sudáfrica y de la República Federativa
de Brasil, medida que fue prorrogada mediante las Resoluciones Ministeriales N° 291-2021-MTC/01, N° 335-2021-MTC/01 y N° 374-2021-MTC/01;
Que, asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 461-2021-MTC/01, se dispone la prórroga de la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de Sudáfrica y de la República Federativa de Brasil, así como la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de la India, desde el 16 al 31 de mayo de 2021, medidas prorrogadas mediante la Resolución Ministerial N° 503-2021-MTC/01, desde el 01
al 15 de junio de 2021;
Que, mediante el Informe N° 135-2021-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil, sustenta y propone prorrogar la suspensión de los vuelos provenientes de la República de Sudáfrica, de la República Federativa de Brasil y de la República de la India, desde el 16 al 30 de junio de 2021, en respuesta a la situación de la pandemia y las variantes del virus SARS-CoV-2; siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prorrogar, desde el 16 hasta el 30 de junio de 2021, la suspensión de los vuelos de pasajeros provenientes de la República de Sudáfrica, de la República Federativa de Brasil y de la República de la India, dispuesta mediante la Resolución Ministerial N° 216-2021-MTC/01 y prorrogada por las Resoluciones Ministeriales N° 291-2021-MTC/01, N° 335-2021-MTC/01, N° 374-2021-MTC/01, N° 461-2021-MTC/01 y N° 503- 2021-MTC/01, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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