PRONUNCIAMIENTO DE LOS/LAS 35 PRESIDENTES/AS DE LAS CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA DEL PERÚ
Frente a la situación institucional del país, los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Perú, en sesión extraordinaria de fecha 26 de octubre de 2022, acordamos lo siguiente:
1. RESPALDAR en forma unánime, como muestra de cohesión institucional, el pronunciamiento emitido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fecha 25 de octubre de 2022, el modelo constitucional otorga al supremo tribunal la calidad de órgano de cierre de la justicia ordinaria, en consecuencia, sus decisiones deben ser acatadas por todas las partes involucradas.
2. EXIGIMOS el pleno respeto de los derechos constitucionales al debido proceso de interdicción de la arbitrariedad en los procedimientos sancionadores iniciados a los jueces de todos los niveles ante la Junta Nacional de Justicia.
3. SOLICITAMOS a la Junta Nacional de Justicia la realización de una investigación rigurosa, que determine las responsabilidades correspondientes por la filtración indebida de información de las investigaciones a su cargo (que tienen el carácter de reservado) en salvaguarda de los derechos fundamentales de quienes podrían ser afectados con actos lesivos similares, que atentan contra derechos fundamentales.
4. Finalmente, en los procesos de ratificación de magistrados en curso ante la Junta Nacional de Justicia, invocamos la aplicación de la sentencia del caso Cuya Lavy, en la cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordena al Estado peruano, en un plazo razonable, adoptar las medidas legislativas o de otro carácter para adecuar su ordenamiento jurídico interno a lo establecido en la Convención Americana de Derechos Humanos, en lo relativo a la reincorporación de los magistrados no ratificados al Poder Judicial o al Ministerio Público y a la posibilidad de recurrir las decisiones mediante las cuales se determine la no ratificación de un magistrado. Además, dispuso que mientras estas reformas no se produzcan, las autoridades estatales están en la obligación de ejercer ex oficio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, en el marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondientes.
26 de octubre de 2022.


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